Los ecosistemas marinos del Estado español afrontan una situación de creciente degradación como consecuencia de la sobreexplotación de recursos, la destrucción de hábitats, la contaminación y los efectos del cambio climático, entre otros factores. Ante este escenario, el Reglamento Europeo de Restauración de la Naturaleza supone una oportunidad sin precedentes para impulsar la recuperación ecológica del medio marino y restablecer las funciones ecológicas que sostienen la biodiversidad y el bienestar de las comunidades costeras. Este informe analiza experiencias de restauración marina desarrolladas en el Estado español con el objetivo de identificar aprendizajes, prioridades y herramientas útiles para la elaboración e implementación del futuro Plan Nacional de Restauración.
La revisión de 57 proyectos de restauración muestra un aumento significativo de las iniciativas durante la última década y una creciente diversidad de hábitats, especies y metodologías de intervención. Sin embargo también evidencia que la restauración marina se encuentra todavía en una fase incipiente: la mayoría de los proyectos han demostrado la viabilidad de las técnicas empleadas, pero siguen siendo pocos los casos que acreditan una recuperación ecológica efectiva de los ecosistemas. Asimismo, el análisis identifica importantes carencias en aspectos como el seguimiento a largo plazo, la estabilidad y diversidad financiera o la persistencia de enfoques basados mayoritariamente en la restauración activa. Al mismo tiempo, pone de manifiesto que la implicación de actores locales, especialmente del sector pesquero, constituye un factor clave para el éxito de las actuaciones de restauración.
Los resultados de este informe evidencian que la restauración marina no será efectiva si no se actúa sobre las causas de la degradación de los ecosistemas. La aplicación del Reglamento Europeo de Restauración de la Naturaleza representa una oportunidad para avanzar en esa dirección, pero requerirá de la capacidad para consolidar modelos de restauración sostenidos en el tiempo, con financiación estable, seguimiento continuado y actuaciones integradas que aborden simultáneamente la restauración activa y la reducción de las presiones humanas, todo ello acompañado de indicadores estandarizados que permitan evaluar la eficacia real de las intervenciones. Solo así será posible recuperar la biodiversidad, reforzar la capacidad de los ecosistemas para afrontar la crisis climática y frenar el deterioro de unos mares cada vez más amenazados.
Introducción
Los mares están perdiendo vida. Décadas de sobreexplotación de recursos, contaminación y basuras marinas, destrucción de hábitats y cambio climático han provocado una degradación creciente de los ecosistemas marinos. A ello se suman otras presiones como el tráfico marítimo, el ruido submarino, las capturas incidentales de especies protegidas, los vertidos de infraestructuras costeras sobrecargadas por la masificación turística, los fondeos sobre hábitats sensibles, la artificialización del litoral o los impactos derivados de nuevas actividades en el medio marino. El resultado es un deterioro generalizado de los ecosistemas, la pérdida progresiva de biodiversidad y de la capacidad de los océanos para sostener funciones ecológicas esenciales.
Esto no constituye únicamente un problema ambiental. El océano y sus ecosistemas proporcionan alimentos, regulan el clima, almacenan carbono y sostienen actividades económicas y culturales fundamentales para numerosas comunidades costeras. En el Estado español millones de personas dependen directa o indirectamente de la buena salud del mar, especialmente la pesca costera, estrechamente vinculada al estado de conservación de los ecosistemas litorales.
Sin embargo, el deterioro de nuestros mares no es inevitable. Durante los últimos años se han multiplicado las iniciativas que demuestran que es posible compatibilizar la actividad humana con la recuperación de los ecosistemas marinos. Experiencias impulsadas desde el ámbito científico, el sector pesquero, las administraciones públicas y las organizaciones sociales han mostrado que la reducción de presiones y la mejora de la gestión pueden favorecer una recuperación significativa de especies y hábitats. En el Estado español existen ejemplos que apuntan en esa dirección: iniciativas de cogestión pesquera, procesos impulsados por el propio sector pesquero para mejorar la sostenibilidad y viabilidad de su actividad, reservas marinas que han demostrado su eficacia para recuperar poblaciones de especies y hábitats o avances en la ampliación de la superficie marina protegida.
En este sentido, el Estado español ha asumido el compromiso de proteger al menos el 30 % de sus aguas marinas para 2030, incluyendo un 10 % de las mismas bajo figuras de protección estricta. Esto significa que esas zonas designadas deberán permanecer intactas, libres de actividades y presiones humanas que puedan afectar a la biodiversidad con el fin de favorecer su recuperación y/o conservación. No obstante, persisten importantes desafíos. Buena parte de la protección existente carece todavía de una gestión eficaz, de recursos suficientes para su seguimiento y de vigilancia o medidas capaces de garantizar la recuperación de los ecosistemas más degradados. Del mismo modo, el estado actual de la protección estricta en el Estado español continúa muy lejos de los objetivos numéricos asumidos por el Gobierno.
Los avances en conservación han sido fundamentales para frenar parte de la pérdida de biodiversidad marina, pero la magnitud de la degradación acumulada obliga a plantear un reto adicional. Allí donde los ecosistemas han perdido especies, funcionalidad ecológica o capacidad de recuperación, proteger ya no es suficiente: resulta necesario impulsar su recuperación. Es en este contexto donde cobra especial relevancia la restauración ecológica, definida como el proceso de ayudar a la recuperación de ecosistemas degradados, dañados o destruidos (SER, 2019). Lejos de pretender reconstruir una imagen estática del pasado, la restauración busca recuperar las funciones ecológicas, la biodiversidad y la capacidad de adaptación de los ecosistemas para que puedan responder a los cambios ambientales presentes y futuros.
Esta recuperación puede abordarse mediante actuaciones de restauración activa que implican intervenciones directas sobre hábitats o especies, o mediante estrategias de restauración pasiva basadas en la eliminación de las presiones que impiden la regeneración natural de los ecosistemas. En el medio marino, donde los costes de intervención son más elevados y numerosos hábitats muestran una notable capacidad de recuperación una vez cesan las perturbaciones, esta última aproximación, la restauración pasiva, adquiere una relevancia especial. En muchos casos, reducir o eliminar los factores de degradación constituye una de las herramientas más eficaces para favorecer la recuperación de los ecosistemas a gran escala y, al mismo tiempo, la alternativa que suele requerir una menor inversión económica.
La restauración marina se enfrenta además a desafíos específicos. Persisten importantes lagunas de conocimiento sobre el estado de conservación de numerosos hábitats y especies, así como carencias significativas en la cartografía de amplias zonas del medio marino. Estas limitaciones dificultan la identificación de prioridades, el diseño de actuaciones y la evaluación de su eficacia, poniendo de manifiesto la necesidad de reforzar la investigación, el seguimiento y la generación de conocimiento aplicado a la restauración.
En este contexto, el Reglamento (UE) 2024/1991 sobre la Restauración de la Naturaleza (en adelante, el Reglamento), en vigor desde agosto de 2024, supone un punto de inflexión para las políticas ambientales europeas. Por primera vez, la Unión Europea (UE) establece objetivos jurídicamente vinculantes para restaurar ecosistemas degradados, incluidos los marinos (ver Cuadro 1) y obliga a los Estados miembros a elaborar Planes Nacionales de Restauración que definan las medidas necesarias para alcanzarlos.
El Reglamento no surge de manera aislada. Se apoya en décadas de desarrollo de políticas de conservación de la naturaleza, desde las Directivas Hábitats y Aves, la Directiva Marco del Agua y hasta la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina, las Estrategias Marinas, los Planes de Ordenación Espacial Marina (POEM), la creación de espacios marinos protegidos o los compromisos adquiridos en el marco de la Estrategia Europea de Biodiversidad para 2030. Sin embargo, incorpora una novedad fundamental: junto a la protección de los ecosistemas mejor conservados, introduce la obligación de recuperar aquellos que ya han sido degradados. La restauración ecológica pasa así a ocupar un lugar central en las políticas públicas, complementando las medidas de conservación mediante la incorporación de objetivos de restauración cuantificados, calendarios de actuación y el principio de no deterioro, evitando que los ecosistemas restaurados o los que ya se encuentran en buen estado vuelvan a degradarse.
Para el Estado español, uno de los países con mayor superficie marina de la UE y una extraordinaria diversidad de ecosistemas costeros y marinos, este nuevo escenario representa una oportunidad histórica, pero también un importante desafío. La aplicación efectiva del Reglamento exigirá mejorar el conocimiento disponible, identificar prioridades de actuación, fortalecer la participación social y desarrollar herramientas técnicas y de gobernanza capaces de trasladar los objetivos normativos a actuaciones concretas sobre el territorio.
Principales objetivos y obligaciones del Reglamento (UE) 2024/1991 sobre la Restauración de la Naturaleza para los ecosistemas marinos
Restauración de los ecosistemas marinos en el Reglamento (UE) 2024/1991 sobre la Restauración de la Naturaleza
Persigue que la gran mayoría de los hábitats marinos degradados recuperen una buena condición ecológica, que los hábitats desaparecidos vuelvan a ocupar una superficie suficiente para garantizar su viabilidad y que las especies marinas protegidas dispongan de hábitats adecuados para su conservación y recuperación.
Antecedentes. ¿Cuáles son los hábitats a restaurar? Los Estados miembros establecerán las medidas de restauración necesarias para mejorar, hasta que se encuentren en buena condición, las zonas de los tipos de hábitats enumerados en el anexo II que no se encuentren en buena condición. El Anexo II del Reglamento de Restauración de la Naturaleza clasifica los hábitats marinos en los siguientes 7 grupos:
- Grupo 1: Lechos de vegetación marina
- Grupo 2: Bosques de macroalgas
- Grupo 3: Bancos de mariscos
- Grupo 4: Mantos de rodolitos
- Grupo 5: Campos de esponjas, corales y coralígenos
- Grupo 6: Respiraderos y rezumaderos
- Grupo 7: Sedimentos arenosos (que no superen los mil metros de profundidad)
Restaurar hábitats marinos degradados [art. 5 (1)]
- Grupos 1 a 6: para 2030: restaurar al menos el 30 % de su superficie en mal estado; para 2040: restaurar al menos el 60 %; para 2050: restaurar al menos el 90 %.
- Grupo 7: para 2040: restaurar al menos dos tercios del porcentaje que se fije para 2050. Para 2050: restaurar el porcentaje que se determine después (suficiente para garantizar el buen estado ambiental).
Recuperar la distribución histórica de los hábitats [art. 5 (2),(3),(4)]
Recuperar aquellos hábitats (de los grupos 1 a 6) que han desaparecido de zonas donde históricamente estaban presentes, hasta alcanzar su “área favorable de referencia”. Para 2030: crear al menos el 30 % de la superficie adicional necesaria; para 2040: crear al menos el 60 %; para 2050: crear el 100 % (o entre el 90 % y el 100 % si se justifica).
Restaurar los hábitats de especies protegidas [art. 5 (5)(8)]
Los Estados miembros deberán mejorar la calidad, cantidad y conectividad de los hábitats utilizados por especies protegidas, incluyendo especies recogidas en el Anexo III de este Reglamento, especies de los Anexos II, IV y V de la Directiva Hábitats y aves marinas de la Directiva de Aves.
Mejorar el conocimiento sobre los ecosistemas marinos [art. 5 (6),(7)]
El Reglamento reconoce que existen importantes lagunas de información sobre el estado de los ecosistemas marinos y fija objetivos específicos para reducirlas: para 2030 conocer el estado de al menos el 50 % de la superficie (grupos 1 a 6); para 2040: conocer el 100 % (grupos 1 a 6) y al menos el 50 % (grupo 7); para 2050: conocer el 100 % (grupo 7).
No deterioro [art. 5 (9),(10),(11),(12),(13),(14)]
Los Estados miembros deberán evitar el deterioro significativo de las zonas restauradas, de los hábitats en buen estado y de las áreas necesarias para alcanzar los objetivos de restauración. El Reglamento prevé excepciones limitadas en casos de fuerza mayor, efectos inevitables del cambio climático o proyectos de interés público superior debidamente justificados.
Coordinación de las medidas de restauración en los ecosistemas marinos [art.18]
Las medidas de restauración marina que afecten a la gestión pesquera deberán coordinarse a través de los mecanismos de la Política Pesquera Común (PPC). Para ello, los Estados miembros deberán colaborar con otros países afectados y con los consejos consultivos regionales, elaborando recomendaciones conjuntas que permitan integrar los objetivos de restauración en la gestión pesquera.
Revisión y adaptación de los planes [art. 19]
Los Planes Nacionales de Restauración deberán revisarse periódicamente para incorporar nuevos conocimientos científicos, evaluar los avances alcanzados y adaptar las medidas a los cambios ambientales y climáticos. Además, si el seguimiento muestra que las actuaciones previstas son insuficientes para cumplir los objetivos del Reglamento, los Estados miembros estarán obligados a reforzar sus planes con medidas adicionales.
Con este informe, Ecologistas en Acción pretende contribuir a ese proceso. Esta publicación nace con el objetivo de reunir y sistematizar el conocimiento disponible sobre restauración marina en el Estado español, analizar las experiencias desarrolladas hasta la fecha e identificar las principales oportunidades y desafíos para su desarrollo futuro. A partir de este análisis, se proponen criterios para priorizar ecosistemas marinos a restaurar, incorporando tanto la dimensión ecológica como la social, y la participación de los actores vinculados al medio marino. Todo ello con una vocación claramente práctica: aportar conocimiento útil para la aplicación del Reglamento de Restauración de la Naturaleza y contribuir a la elaboración e implementación del futuro Plan Nacional de Restauración en el ámbito marino.
La restauración ecológica representa una oportunidad para avanzar hacia mares biodiversos, resilientes y capaces de sostener el bienestar de las generaciones presentes y futuras. Aprovechar esta oportunidad requerirá combinar conocimiento científico, participación social, voluntad política y una actuación decidida sobre las causas que han provocado la degradación del medio marino. Este informe pretende contribuir humildemente a ese esfuerzo colectivo.
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La entrada [Informe] Mares Vivos: claves para la restauración marina en el Estado español aparece primero en Ecologistas en Acción.