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Reforestación en la ría de San Martín, zona de La Riberuca en Suances

25 Marzo 2026 at 17:00
Por: Cantabria

El pasado sábado día 21 de marzo, tuvo lugar una jornada de voluntariado para reforestar una parcela en La Riberuca, junto al inicio del carril-bici, en el municipio de Suances. La actividad patrocinada por el Ayuntamiento de Suances, Concejalía de Medio Ambiente, según proyecto realizado por Ecologistas en Acción Cantabria, financiada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la indispensable cobertura del Aula de Educación Ambiental de Ecologistas en Acción, contando con los entusiastas voluntarios que se animaron a participar.

La actividad que venimos realizando en los últimos 6 años, con cerca de 2.000 árboles plantados, tiene el objetivo de recuperar la cobertura vegetal en el espacio de la ría San Martín, regenerando su valiosa biodiversidad, y siempre reforestando con especies de encinar cantábrico, formando conexiones con otras zonas de encinar próximas. Recuperando así los espacios que proporcionarán un valor ambiental en el futuro ANEI de la ría San Martín, cuyo proceso de tramitación se está alargando en exceso, después de anunciarse su inicio en 2020.

La actividad pudo llevarse a cabo gracias al esfuerzo de cerca de 25 voluntarios, que se implicaron con gran interés plantando 130 ejemplares de 5 especies, (encinas, laureles, acebos, aladiernos y cornejos).

Al comenzar la actividad se comentaron los objetivos a conseguir y se recordó a los participantes la problemática de la ría San Martín y el esperanzador inicio del procedimiento para la constitución de un ANEI. Siendo esta ría la única ría de Cantabria que no tiene ninguna figura de protección, la necesidad irrenunciable que ese ANEI incluya todo el espacio intermareal, enlazando con el Parque de las Tablas, a través de las riberas fluviales, en Torrelavega, formando un espectacular pasillo de biodiversidad en el corazón de Cantabria.

Aprovechamos la actividad para reivindicar la protección de la ría San Martín y la necesaria recuperación de dos especies emblemáticas como son el salmón europeo y la anguila atlántica ya casi extinguidos en esta ría.

El objetivo de proteger, conservar y regenerar los valores ambientales en el privilegiado espacio de la ría San Martín de la Arena, debiera ser también asumido por la administración regional, dentro de sus responsabilidades, que dispone de los recursos y medios que los ciudadanos les han asignado para proteger nuestro patrimonio natural.

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El Tribunal Supremo confirma la ilegalidad del Gobierno de Cantabria que aprobó la muerte de lobos en el año 2022 en varios municipios de Cantabria

16 Marzo 2026 at 12:53
Por: Cantabria

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia rechazando el recurso del Gobierno de Cantabria ante la sentencia inicial de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Cantabria que anuló el acuerdo del 13 de junio de 2022 de la Consejería de Medio Rural, por el que se autorizaba la muerte de lobos en los municipios de Ruente, Cabuérniga, Los Tojos y la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga.

Han pasado más de tres años desde que iniciamos el recurso contra la muerte de lobos en estos ayuntamientos y han sucedido hechos novedosos con posterioridad. La aprobación reciente por el Congreso y el Senado de una reforma de la Ley de Desperdicio Alimentario, ha permitido incluir una enmienda del PP para rebajar la protección del lobo con su salida del LESPRE, un procedimiento irregular para modificar la protección del mismo y que está pendiente de un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo.

La sentencia del TS referida al recurso que presentamos como Ecologistas en Acción Cantabria ha sido publicada de modo tardío, pero es similar a otras sentencias que ha dictado el mismo Tribunal Supremo en situaciones parecidas, especialmente en Asturias. Hay algunas afirmaciones de mucho interés en la sentencias recientes que ha supuesto la paralización de las matanzas de lobos en Galicia, Asturias o Castilla y León. Incomprensiblemente, el Gobierno de Cantabria ha superado el número de muertes de lobo que había aprobado hace casi un año. En esta sentencia se afirma que “desde el momento en que el lobo ha pasado a ser especie especialmente protegida, darle muerte está prohibido, y las excepciones a esta medida están tasadas y deben interpretarse restrictivamente.”


Asimismo, el TS considera que “para aplicar la excepción deben cumplirse otros requisitos previstos en la norma y derivados del principio de proporcionalidad, como son la ausencia de otra solución satisfactoria y que la medida no impida el mantenimiento de un estado de conservación favorable de las poblaciones.”
La sentencia recuerda que “la Administración se ha limitado a aseverar la presencia en las explotaciones ganaderas de perros mastines o de otras razas y la improcedencia de vallados en los montes públicos, sin explicar si se ha intentado activar algunas de las medidas que contempla el Catálogo publicado por el Ministerio.”

Sigue la sentencia señalando que “la Administración tampoco ha cumplido el requisito de justificar que la medida de extracción y captura de ejemplares no afecta negativamente al estado de conservación favorable de la especie. Para ello no basta con acreditar que el estado de la especie es favorable en el momento de la extracción, sino que ésta no va a alterar tal situación.”

Por último, “el carácter selectivo de las medidas que establece la Orden implica que ha de elegirse la extracción de los ejemplares cuya eliminación cause menor perjuicio a la manada o a la población de lobos, requisito que tampoco cumple la resolución recurrida.”
El Gobierno de Cantabria viene sosteniendo que el lobo en Cantabria se encuentra en un estado de conservación favorable, justificando con ello la matanza de 41 lobos.

La sentencia también aclara este concepto que está utilizando el Gobierno de manera retorcida para justificar la muerte de ejemplares de lobo. En este sentido la sentencia recuerda la jurisprudencia: “para valorar el estado de conservación de una especie, el enfoque exclusivamente local es insuficiente, dado que es preciso emplear una perspectiva más amplia que tenga en cuenta el estado de las poblaciones en todo el ámbito territorial en el que pueda influir la disminución de ejemplares. Es tal la importancia de esta valoración integral que el TJUE considera que las medidas de gestión de un Estado se coordinen con las que puedan adoptar otros Estados miembros…” Y continúa la sentencia afirmando que “el hecho de que el número de individuos de lobo haya aumentado en determinados municipios de Cantabria, e incluso en el territorio de esa comunidad, o que la presencia de lobos en una zona en concreto se haya recuperado de controles anteriores, no es suficiente para juzgar sobre el estado de conservación de la especie en el sentido que imponen las normas vigentes. Y además no es aceptable que la muerte de algunos ejemplares no incida en la especie, puesto que «no cabe excluir que el sacrificio de un número limitado de individuos carezca de incidencia sobre el objetivo consistente en mantener a la población de lobos en un estado de conservación favorable en su área de distribución natural» (STJUE 14 de junio de 2007, C342/05, apartado 29).

Esta sentencia del TS señala otros muchos aspectos que la incumplido el Gobierno de Cantabria con sus resoluciones del año 2022. Lo lamentable es que el cambio legislativo forzado mediante un subterfugio ilegal e inconstitucional haya rebajado la protección del lobo en España y el Gobierno de Cantabria haya aprovechado con urgencia esa ventana legal para matar a más de la mitad de ejemplares de lobo que viven en Cantabria o comparten su hábitat con las regiones limítrofes.

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La Asamblea Abierta de Piélagos pide la paralización cautelar del vertedero de amianto en Castañeda

14 Marzo 2026 at 09:00
Por: Cantabria

La asociación denuncia que “no se han cumplido los procesos de transparencia necesarios” para el inicio de esta actividad.

La Asamblea Abierta de Piélagos ha solicitado la paralización cautelar del proyecto de vertedero de amianto en el monte Carceña de Castañeda y ha reclamado a la Consejería de Medio Ambiente, así como a los ayuntamientos de Castañeda y Piélagos, que se suspenda el procedimiento. Además, valora acudir a la vía judicial si esta paralización cautelar no se cumple.

La Asamblea Abierta de Piélagos continúa movilizándose para exigir transparencia en el proceso de adjudicación y acondicionamiento del vertedero de amianto. Para ello, el 18 de febrero presentó a la Consejería y a los citados ayuntamientos una solicitud de paralización cautelar de la resolución del 17 de noviembre de 2025 que autoriza la modificación no sustancial para incluir residuos de amianto al conjunto de instalaciones que conforman el proyecto de Vertedero de Residuos No Peligrosos de Castañeda, según informa Europa Press.

La demanda de la Asamblea se basa en el recurso de alzada presentado por este colectivo el 16 de diciembre de 2025, que sigue sin respuesta a fecha de hoy, en el que exigía la paralización cautelar de las obras y la llegada de residuos que contengan amianto hasta conocer los informes ambientales y de seguridad elaborados para la concesión de esta actuación y la modificación no sustancial de la misma para incluir los residuos de amianto.

Según ha explicado este miércoles en un comunicado, dado que “no se han cumplido los procesos de transparencia necesarios” para el inicio de esta actividad, y “se desconoce” si se han llevado a cabo todos los requerimientos legales del proceso de adjudicación y de obra, ha solicitado la suspensión del procedimiento actual.

Dado que no recibió respuesta a fecha de 16 de enero de 2026, un mes después del recurso de alzada presentado, entró en vigor dicha paralización cautelar, ha indicado.

De esta manera, pide a la Consejería que se suspenda el procedimiento del proyecto y advierte a los ayuntamientos de Castañeda y Piélagos de esta paralización cautelar, que implica que no pueden permitir obra alguna destinada a la recepción de estos residuos.

Además, el colectivo valora acudir a la vía judicial si esta solicitud no es atendida y solicita nuevamente ser parte interesada del proyecto y recibir el expediente completo, incluyendo la evaluación de impacto ambiental y la memoria justificativa sobre el cumplimiento de los requisitos de seguridad establecidos.

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