- La Federación Ecologistas en Acción de Granada ha presentado denuncia ante la delegación provincial de Sostenibilidad y Medio Ambiente de Granada, y tiene intención de ampliar la denuncia ante el SEPRONA si no se toman las medidas pertinentes ante los hechos que citamos a continuación.

La ciudad de Guadix cuenta con una población estival muy importante de la especie protegida vencejo pálido (Apus pallidus), ave insectívora de hábitos aéreos que es beneficiosa para el hombre y forma parte de la cultura y tradiciones de la ciudad.
Esta especie migratoria, al igual que el resto de insectívoras entre las que destacamos el vencejo común, igualmente protegida, realiza sus ciclos vitales reproductivos, desde abril hasta julio, en huecos, orificios, grietas, etc., de edificios, casas, bloques, iglesias, etc., dentro del casco urbano de la ciudad, parte de cuyo casco se encuentra deteriorado, no solo a nivel de edificios históricos como también de viviendas antiguas.
Concretamente, la Alcazaba árabe de la ciudad de Guadix presenta una colonia de esta especie con el mayor número de ejemplares de vencejo pálido, que nidifica en los mechinales de sus muros, y cuya población disminuye año tras año. Las aves insectívoras están protegidas, al margen de su número, por los beneficios que generan al medio al consumir ingentes cantidades de insectos, caso del vencejo, de unos 4 kg/año por grupo familiar.
La Alcazaba de Guadix es un edificio Histórico, catalogado como BIC y por tanto protegido, donde se están llevando a cabo reformas de las paredes y torres en pleno periodo reproductor de esta especie protegida desde hace varios años, 2021, impidiendo el acceso de las aves a sus nidos y en otros casos sellándolos, lo que ocasiona la pérdida de nidos y posibles puestas debido a que se están tapando los huecos de los mechinales.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en sus arts. 2,f; de prevalencia de la protección ambiental; 2.g, de precaución ante intervenciones que afecten a la fauna; art. 3,2) sobre áreas críticas y conservación de hábitats y aspectos que atenten contra la supervivencia de las especies en su territorio, prohíbe, en su art. 52, las siguientes acciones: “dar muerte dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico. Esta prohibición incluye su retención y captura en vivo, la destrucción, daño, recolección y retención de sus nidos, de sus crías o de sus huevos, estos últimos aun estando vacíos, así como la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos o de sus restos, incluyendo el comercio exterior”.
En su Art. 76.1, la citada ley considera infracciones administrativas: “La perturbación, muerte, captura y retención intencionada de especies de aves en las épocas de reproducción y crianza, así como durante su trayecto de regreso hacia los lugares de cría en el caso de las especies migratorias”.
El Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, incluye en el listado, entre otras, al vencejo pálido y al vencejo común (Apus apus).
Afecta también a la Ley 33/2015 de 21 de septiembre por la que se modifica la ley 42/2007 de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y de la biodiversidad.
En igual sentido se pronuncia la Ley 8/2003, de 28 de octubre de la Flora y Fauna Silvestre de Andalucía, concretamente el art. 5 sobre deberes de los poderes públicos, y arts. 18, 20, al ser una especie contemplada en el RD 139/2011 de 4 de febrero.
Estas aves están protegidas por Directivas europeas varias de aves: 79/409/CE de conservación de aves silvestres, art. 5 b y d; Directiva 85/337/CEE de evaluación de repercusiones de proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente; Directiva 92/43/CEE de conservación de hábitats.
El nuevo Código Penal, en su artículo 334, considera delito la destrucción de nidos de especies protegidas.
Estas especies aparecen en el LESRPE (listado de especies silvestres en régimen de protección especial) lo que obliga a las administraciones a conservar sus zonas de cría, e igual en la LAES (listado andaluz de especies silvestres).
Asociaciones de la localidad de Guadix así como otras de ámbito más global, Ecologistas y SOS Vencejos, han puesto al corriente de los hechos negativos para estas especies que se están produciendo así como de las medidas correctoras que podrían realizarse ante las que los distintos estamentos de ámbito local y andaluz han hecho caso omiso.
Desde Ecologistas en Acción de Granada junto con asociaciones de esa localidad ya denunciamos en su momento, hace 3 años, el 20 de abril de 2023, la situación generada por la “restauración” que posteriormente se paralizó, o al menos se ralentizó. Según SOS Vencejos, en la parte “ya restaurada” había al menos unos 60 ejemplares que no han podido nidificar y que además se enganchaban en la malla de protección que se había colocado.
Las denuncias ya comenzaron en 2021. Los técnicos municipales conocían la reproducción de estas aves y la han ignorado aduciendo que de sus datos se desprendía que en esa torre concreta que se denunciaba hace tres años, Puerta de la muralla, no anidaban los vencejos pálidos, hecho incierto según los vídeos que adjuntamos así como de los datos del seguimiento que se le vienen haciendo a esas poblaciones por miembros de la asociación accitana, de Ecologistas en Acción y de SEO Birdlife.
Se ha solicitado a la administración que realice las investigaciones precisas para el esclarecimiento del hecho denunciado, y la determinación de las posibles responsabilidades y sanciones en que hubiere lugar con arreglo a la normativa vigente.
Entendemos que la citada restauración, al tratarse de un BIC, debe respetar su arquitectura original, manteniendo los mechinales, vanos o huecos que quedaban tras levantar los muros de edificaciones una vez se retiraban los andamios de construcción, que son aprovechadas por numerosas especies de aves como las insectívoras que nos ocupan, cernícalos primilla, carracas, grajillas, etc. También ignoramos si como es preceptivo, la Delegación Provincial de Cultura ha autorizado la citada intervención en el sentido de permitir el sellado de los mechinales.
Como es lógico ya no se usan los bloques de adobe originales pero es imprescindible, dado que además no supone problema alguno con los nuevos materiales de construcción, mantener los mechinales que siempre han dado una morfología característica a este tipo de edificaciones y que sirven de refugio para numerosas especies de fauna.
Solicitamos que la Consejería de Medio Ambiente haga todo lo necesario para mejorar la normativa urbanística municipal, donde se incluyan medidas correctoras, básicamente la rehabilitación de los mechinales para la protección de la fauna urbana (aves insectívoras urbanas y murciélagos fundamentalmente) en las normas urbanísticas que afecten tanto a construcciones de edificios nuevos como en rehabilitaciones exteriores de existentes.
Que se ordene de inmediato la paralización de la obra, la reapertura de los mechinales así como se eviten cualquier tipo de obstáculo tipo malla, etc., que impida el normal tránsito de acceso a los nidos máxime en la época de reproducción en que nos encontramos. Tanto vencejo común como pálido están catalogados según la UICN como LC, catalogación menor.
Solicitamos por tanto que se cumpla la legislación vigente y se interrumpan las intervenciones que se están efectuando en pleno periodo reproductor del vencejo pálido, se pare el cegado de los mechinales y se devuelvan a sus condiciones originales los ya tapados de modo que permitan la reproducción de estas aves migratorias protegidas.
La entrada Presentamos denuncia ante los hechos acaecidos en la Alcazaba árabe de la ciudad de Guadix aparece primero en Ecologistas en Acción.