

Artículo original publicado en sinpermiso.info por Albino Prada
Los sucesivos impactos en el mercado global de los combustibles fósiles primero derivados de la guerra entre Rusia y Ucrania, luego de la intervención de Estados Unidos en Venezuela y posteriormente en Irán y el golfo Pérsico, están alterando los mercados de los combustibles fósiles (petróleo, gas y derivados): Mercados estructuralmente oligopólicos y afectados por problemas de progresivo agotamiento y encarecimiento. Sucede todo esto de acuerdo con una máxima de la mano invisible: a mercados revueltos, ganancias de especuladores1.
Todo ello aconseja evitar al máximo su uso (por sus impactos inflacionistas y sobre la soberanía energética) sin olvidar que, aunque nada de esto sucediese, el evitar las emisiones de CO2 asociadas a su uso debiera considerarse un objetivo social irrenunciable. Y, en consecuencia, las medidas que se adopten para evitar los impactos referidos no debieran frenar este objetivo. Como tampoco debieran provocar efectos redistributivos regresivos.
A la luz de lo que precede paso a evaluar a continuación las medidas adoptadas2 por el Gobierno de España el pasado día 20 de marzo de 2026. Lo haré en relación a cuatro ejes que considero estratégicos y prioritarios para, al reforzar nuestra soberanía y resiliencia energética, minimizar los posibles efectos inflacionistas derivados de estos shocks energéticos sobre los que no tenemos apenas control. Una evaluación centrada en las razones que en cada caso se justifican.
PRIMER EJE
Desacoplar el traslado del encarecimiento del gas natural en la fijación del precio marginalista de la electricidad.
En España (datos de Red Eléctrica) las fuentes no renovables (sobre todo gas en ciclos combinados y nuclear) suponen por término medio entre el 30% y el 40% de las energías primarias para generación de electricidad. Aunque, en concreto, el gas natural apenas supone de media el 11 %.
En esta situación el precio del gas natural -por mucho que se encarezca- no debiera condicionar de forma sustancial el precio de la electricidad3. Sobre todo cuando en España sufrimos un reciente colapso4 -nada menos que un apagón total- que encaja como un guante en los manejos especulativos del oligopolio eléctrico5 (y del gas) sobre como y cuando activar los ciclos combinados en función de la demanda y del precio.
Para desacoplar el precio de la electricidad del precio del gas se debe implementar un sistema que ajuste el de la electricidad -para el consumidor doméstico- generada en cada momento a una media ponderada de los distintos aportes para la generación, sin que el gas natural pueda ponderarse en el precio final más allá del 20 %. Este sí sería un tope efectivo y no otros por bien intencionados sobre el papel que sean.
Así, por ejemplo, una propuesta de grandes consumidores para desacoplar el precio del gas en la tarifa eléctrica (AEGE o UNESID) podría concretarse en que para las Tecnologías Inframarginales (Renovables, Nuclear, Hidráulica) su precio se fije mediante contratos a largo plazo basados en su coste real de generación más un beneficio razonable. Y para las Tecnologías de Respaldo (Gas/Ciclos Combinados) estas plantas cobren el precio marginal del gas cuando sea necesario que entren en el sistema para cubrir la demanda.
El sistema actual supone unos beneficios caídos del cielo para los operadores por los precios percibidos de los consumidores6 (sobre todo domésticos). Mientras que, al mismo tiempo, dichos operadores aplican unos precios pagados por los excedentes vertidos a la red a sus clientes de la cuarta parte de los percibidos. Lo que constituye un notable desincentivo para el despliegue de las energías renovables fotovoltaicas por parte de los hogares, siendo así que para evitarlo estos excedentes debieran computarse en unidades físicas a compensar por los operadores.
El Decreto no incide para nada en estas dos cuestiones y apenas dulcifica con rebajas fiscales (art. 39) sobre la electricidad la bola de nieve inflacionaria (y de beneficios caídos del cielo) de los dos mecanismos citados (precios percibidos / precios pagados). Lo que tiene -como veremos- efectos negativos (costes de oportunidad) sobre la electrificación de usos ahora fósiles (en el transporte y la calefacción sobre todo). No se avanza así como se podría en “medidas estructurales destinadas a acelerar la electrificación de la economía española” o en “reforzar la competitividad de la electricidad frente a las alternativas fósiles”
Con lo que, mientras no se supriman ambos mecanismos de fijación de precios, procedería aplicar una fiscalidad extraordinaria7 sobre los generadores/operadores, que conformen un fondo público que impulse comunidades energéticas8 (solares, eólicas, biomasa) así como un patrimonio público de hidroeléctricas y centrales de bombeo.
Un enfoque éste preferible al de las Zonas de Aceleración Renovable (ZAR) con las que el Decreto (art. 14 y ss.) podría sin duda facilitar una mayor oligopolización del sector, saltándose las usuales prevenciones ambientales (por ejemplo en repotenciación de parque eólicos o para nuevas centrales de bombeo). Subordinando aún más a la iniciativa privada nuevas facilidades del Decreto, como cuando en él “se establece expresamente la declaración de utilidad pública del almacenamiento de tecnología hidráulica de bombeo”.
SEGUNDO EJE
Potenciar el uso del transporte colectivo de viajeros (ferroviario, cercanías, metro, autobús) frente al privativo por automóviles
El actual sistema de abono único de 60 y 30 euros (y otros complementarios) ya tienen este objetivo, si bien debieran reforzarse en la medida en que las frecuencias, la puntualidad, la seguridad y los trayectos disponibles se amplíen. Para así incrementar la penetración de esta clase de movilidad frente a la privativa, sobre todo por carretera, que sigue siendo la dominante (sobre el 80%) y, sobra decirlo, la menos resiliente ante el shock energético actual (además de ser ambientalmente catastrófica). Porque, conviene recordar ahora, el Decreto reconoce nuestra “dependencia energética exterior en torno al 67-70% del consumo energético total, especialmente en ámbitos como la climatización de edificios, el transporte o determinados procesos industriales”
Sin embargo el Decreto se limita a reducir la fiscalidad de los combustibles (gasolinas, gasóleos, etc.) (art. 38) para amortiguar la bola de nieve inflacionista, aunque al hacerlo (y al no desacoplar del gas -como vimos- los precios de la electricidad) no favorece reducir el actual 80 % de la movilidad privativa por carretera. Un efecto que se produce incluso si se tratase de hacerlo con automóviles eléctricos, y no digamos en formatos de transporte colectivo electrificado. De hecho el desacoplar los precios de la electricidad -tal como se plantea en el primer eje de este análisis- sería el mejor “programa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados que impulse al máximo la demanda”, al facilitar y abaratar sus consumos energéticos.
Porque para avanzar en el formato alternativo es una prioridad social la modernización y ampliación de una red de cercanías ya desbordada por la demanda y por la obsolescencia9. Una prioridad que debiera formar parte de los llamados Proyectos Estratégicos de Inversión (art. 29). Pero de la que no se habla en este Decreto.
No me extraña que la Fundación Renovables disienta del enfoque que en este punto asume el Decreto: “lamentamos que se haya incluido una rebaja del impuesto sobre hidrocarburos, ya que esto supone un incentivo al consumo de combustibles fósiles y lanza una señal contradictoria con la política energética. Tampoco compartimos la rebaja del IVA para el combustible, siendo algo que debería utilizarse únicamente para hogares vulnerables y sectores estratégicos”.
TERCER EJE
Transferir cargas de mercancías de la carretera al ferrocarril para evitar el colapso climático y la vulnerabilidad logística actual
En la actualidad la cuota del ferrocarril en el transporte de mercancías es del 4 %, muy por debajo del objetivo del 10 % marcado para 2030 (informe CNMC), con lo que cualquier ayuda a los combustibles para el transporte de mercancías por carretera debe considerarse contradictoria con este objetivo.
Siendo así que la reducción de la fiscalidad a los carburantes y las ayudas directas a su compra que se recogen en el Decreto en favor del transporte por carretera10, si bien buscan mitigar la bola de nieve inflacionaria derivada del encarecimiento los precios del petróleo, son contradictorias con el incremento de la cuota del ferrocarril. Siendo esta la única transición estructural que permitiría desacoplar de forma radical el transporte de mercancías de dicha espiral (con efectos positivos en muchos otros sectores).
Lejos de ello, las importantes ayudas al sector del transporte en carretera que incluye el Decreto aún se consideran insuficientes por la patronal del sector (FENADISMER). Un síntoma de que -de continuar el encarecimiento del petróleo- podríamos estar ante un saco sin fondo. Más aún cuando la logística del transporte de mercancías (con las ventas online y a domicilio) se está haciendo más y más dependiente de la carretera con condiciones decididas por los grandes distribuidores (como, y no solo, Amazon).
Aunque de nuevo sucede que al no avanzar en el primero de los ejes de este análisis, y al tiempo reducir el impacto de los precios de los carburantes, se alimenta un círculo no virtuoso contra la mejora de dicha cuota. Lo que también es contradictorio con la mejora de la diversificación modal de la cadena de suministros dentro del mercado español. Una diversificación modal (hacia el ferrocarril) que debiera formar parte de los llamados Proyectos Estratégicos de Inversión (art. 29).
Pero de lo que tampoco se habla en este Decreto. A pesar de que a día de hoy el Decreto reconoce que “el transporte de mercancías por carretera constituye una actividad esencial para el normal funcionamiento de la cadena de suministro”. Reitero: la palabra “ferrocarril” apenas aparece tres veces en este Decreto y nunca en relación a este eje.
CUARTO EJE
Limitar los apoyos a la tarifa eléctrica en usos electro intensivos a los niveles -y sectores estratégicos- ajustados a nuestra autonomía industrial, pero no para exportación
Conviene recordar aquí que mientras el consumo doméstico de electricidad en España en 2024 fue de 74,7 millones de Mwh, el consumo industrial ascendió a 116,5 millones, de los cuales un tercio corresponde a los llamados sectores electro intensivos (siderurgia, aluminio, química y cemento). A los que ahora se estarían añadiendo los centros de datos.
De reducirse estos consumos electro intensivos industriales (solo hasta niveles de producción ajustados a las necesidades de la demanda interna) se abriría un margen para destinar esta electricidad hacia la sustitución de los actuales consumos de gas para calefacción doméstica11. Asegurándose entonces una autonomía real de aprovisionamientos para esta calefacción, y que -además- sus precios se muevan al margen del mercado global del gas. En esta perspectiva sobra decir que cualquier ayuda o rebaja del coste de la electricidad para estos usos electro intensivos que incluya productos exportados por estos sectores debiera considerarse contraproducente.
Por ello cabe decir que las medidas incluidas en el Decreto para suavizar el impacto de los precios de la electricidad en estos sectores industriales12 son, en primer lugar, contraproducentes con la necesaria reducción de estos consumos y, en segundo lugar, debieran considerarse prescindibles en la medida en que los precios percibidos por los generadores/operadores eléctricos se desacoplasen de los precios del gas natural tal como aquí se propuso.
Si hay que felicitarse -por pasiva- de que el Gobierno haya dejado de predicar con tanto énfasis como venía haciendo sobre la alternativa del hidrógeno verde13 en este Decreto, un síntoma de que esta burbuja especulativa podría estarse afortunadamente desinflando.
*
En su conjunto debo concluir que las medidas del Decreto conforman una contradictoria mezcla entre las coyunturales y las estructurales. Porque en las coyunturales por acción (rebajas fiscales, ayudas directas) o por omisión (ausencia de cambios en la tarifa eléctrica) se define un marco poco favorable a la necesaria aceleración de la transición energética que el Gobierno dice defender para así avanzar en nuestra soberanía energética. Lo que el Decreto concreta como “sustitución de combustibles fósiles por electricidad renovable en ámbitos como la climatización, el transporte o los procesos industriales”. Una soberanía cada vez más urgente si reparamos en nuestra creciente dependencia de gas e hidrocarburos de un proveedor tan poco fiable como los Estados Unidos. Siendo así que si bien con estas medidas algo se frena a corto plazo la actual ola inflacionaria, tampoco se garantiza en absoluto que tal con tención se pueda mantener a medio plazo.
Frente a esta estrategia las propuestas de la oposición de derechas al Gobierno buscan aprovechar el shock externo para profundizar en la defensa a fondo y sin límites del complejo fósil-nuclear (con Repsol en la Casa Blanca o una Iberdrola pronuclear, por poner dos ejemplos). Por un lado con rebajas fiscales aún mayores que produzcan una progresiva asfixia de los recursos y los servicios públicos y, por otro, ampliando la apuesta por la opción nuclear en una electrificación subordinada a los intereses fósiles. Sin, por supuesto, embridar la fijación marginalista de precios ni los oligopolios de los carburantes.
Para avanzar hacia propuestas que no sean contradictorias -como las actuales el Gobierno- esperemos que en futuros Decretos sobre este asunto, se ocupen de esterilizar el impacto del gas en el precio de la electricidad, posibilitando así una mayor electrificación de la movilidad tanto para pasajeros como para mercancías, y también para la calefacción doméstica. Embridando al mismo tiempo los despilfarros electrointensivos. Solo así se definiría una senda clara para escapar de la ratonera fósil-nuclear en la que seguimos atrapados. Atrapados ahora en este shock, que no parece vaya a acabar pronto, y a otros que sin duda vendrán. Porque, cuando se quiere abandonar una droga, no conviene abaratar su precio sino dejar de consumirla.
El Gobierno, al no querer enfrentar este dilema, en el Decreto 7/2026 se subordina al voto afirmativo de la derecha catalana y a la abstención de la española (y a sus capitalismos de amiguetes). Con eso gana Sánchez, agónicamente, tiempo político, pero me temo que al coste de engordar una creciente marea social, convencida de que son esas derechas las que “saben” y deben gestionar el actual shock fósil y militar externo. Dentro de un mes veremos la otra puerta de esa ratonera cuando se debata y vote el Decreto 8/2026.
Albino Prada es miembro del Consejo Científico de Attac España. Su último ensayo se titula “El regreso de China. La globalización imposible” (Universidade de Vigo, 2025).
1 Lo llaman “las refinerías de Wall Street” los analistas Blas, J y Farchy, J. (2022) “El mundo está en venta” (Península, Barcelona), con empresas poco mediáticas como Vitol, Trafigura, Glencore, Gunvor y otras que no producen pero son gigantescas comercializadoras de hidrocarburos.
2 Decreto 7/2026 en lo sucesivo “el Decreto”, se citan en el texto entre paréntesis algunos de sus artículos (art. x). No se cuestionan en lo que sigue las propuestas de “escudo social” (bono social, de transporte, garantía de suministro, no despidos, …) para los colectivos más vulnerables, pero sí la coherencia del resto de propuestas más universales (incluido el freno de la inflación).
3 Así en mayo de 2025 el precio medio fue de 17 euros Mwh mientras que en septiembre alcanzó los 61 euros porque en mayo el gas aportaba mucho menos que en septiembre.
6 Como nada de esto se toca la patronal eléctrica (AELEC) y la del gas (SEDIGAS) valoraban positivamente el Decreto del Gobierno.
7 Más allá de lo estipulado en el Decreto 10/2024 para el año 2025
10 En concreto en el Decreto “ascenderá a 0,20 euros por cada litro de gasóleo para uso general utilizado como carburante en el motor de los vehículos” (por unos 400 millones, ver art. 55. 3. y 57.1.; también art. 58), así como avales por cuenta del Estado por 2.000 millones al transporte por carretera (art. 31)
11 En la actualidad el consumo de gas para calefacción doméstica se sitúa en semejantes niveles absolutos como los del gas para generar electricidad (unas 70 Twh año, página 8 de CNMC)
12 En concreto se “establece una reducción de los peajes de acceso a las redes para estos consumidores” ver art.7.1. por 220 millones de euros; también art. 32. Ayudas, aún así, consideradas insuficientes por la patronal del sector (AEGE). Lo anotado en este eje no se aplicaría, por mi parte, a la agricultura y la pesca que figuran en el título IV de Decreto.
La entrada ¿Cómo reaccionar ante el actual shock del capitalismo fósil? se publicó primero en ATTAC España | Otro mundo es posible.
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