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[Informe] Situación del metano. ¿Por qué el metano importa?

Por: Energía

Por qué el metano importa hoy: clima y calidad del aire

El metano es un importante gas de efecto invernadero (GEI) cuyo incremento atmosférico durante la era industrial ha causado entre un 20% y un 30% del calentamiento global. Además, tiene un papel crucial en  la formación del ozono troposférico, un contaminante dañino para la salud humana y los ecosistemas.

La industria agroalimentaria, junto con los sectores de la energía y los residuos, son los principales responsables  del exceso de emisiones de metano a la atmósfera. Dado su alto potencial de calentamiento global y su corta permanencia en la atmósfera en comparación con el dióxido de carbono (CO₂), reducir las emisiones de  metano entre un 40 % y un 45 % para 2030 es esencial para lograr vías más rápidas en la lucha contra el cambio climático y limitar el calentamiento global a 1,5 °C este siglo, según el IPCC. No obstante, estos esfuerzos deben complementarse con la reducción de las emisiones de CO₂, mediante la transición hacia fuentes de energía renovable, la descarbonización del transporte y la disminución de la demanda energética.

El metano es un GEI poco conocido, pese a su relevancia en el cambio climático y en la contaminación atmosférica:

  • Se calcula que es responsable de 0,5 °C del calentamiento global desde la era preindustrial, siendo el segundo GEI más relevante después del CO₂ (IPCC, 2021).
  • La Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA)  estima que el 37 % de la contaminación de fondo por ozono troposférico en Europa se debe al metano emitido globalmente.

Su origen disperso, corta vida atmosférica y menor presencia en las políticas climáticas y en la narrativa pública puede haber contribuido a este hecho. Pero, como veremos más adelante, reducir las emisiones de  metano se muestra como una de las acciones más eficaces para frenar el calentamiento global a corto plazo y además contribuiría a desencadenar un necesario cambio de modelo energético, alimentario y de residuos.

El necesario cambio de modelo: más allá de reducir las emisiones de metano

El sistema actual de producción y consumo energético, alimentario y de gestión de residuos constituye el núcleo de las emisiones antropogénicas de metano a escala global. Estos tres sectores —estrechamente  interconectados y dependientes entre sí— sustentan un modelo de desarrollo que se apoya en bases estructuralmente insostenibles e injustas. Su funcionamiento conjunto contribuye de manera significativa al cambio  climático, ya que el metano emitido por la industria alimentaria, el mal manejo de residuos orgánicos y las fugas en la producción y uso de combustibles fósiles representa cerca del 60% del total de emisiones globales de este gas (Global Methane Budget, 2023). Además, estos sistemas se sostienen sobre un modelo globalizado que externaliza sus impactos ambientales y sociales, superando con frecuencia los límites  planetarios y generando desequilibrios ecológicos y económicos de gran escala.

En el ámbito agroalimentario, la producción intensiva de alimentos según modelos de cultivos y explotaciones ganaderas industriales generan graves impactos socioambientales. Por ejemplo, la producción intensiva  de piensos para la ganadería industrial depende de monocultivos a gran escala, que provocan deforestación, destrucción de  biodiversidad y degradación de suelos en terceros países. Del mismo modo, el sistema energético continúa basado en la explotación de recursos fósiles, reproduciendo un patrón extractivista que contribuye a la crisis climática y a la desigualdad global. Por su parte, el modelo de gestión de residuos mantiene altos niveles de desperdicio alimentario y generación de desechos innecesarios, cerrando el ciclo de un sistema lineal basado en la sobreproducción y el descarte.

 

Fuente: Modificado de: Steffen, W., K. Richardson, J. Rockström et al. Planetary boundaries: Guiding human development on a changing planet. Science 347(6223). 2015.

Estos tres pilares no sólo comparten una lógica de sobreexplotación, sino que además se retroalimentan entre sí: la producción intensiva de alimentos depende del consumo de combustibles fósiles; la gestión  ineficiente de residuos genera nuevas emisiones de metano; y el modelo energético vigente impulsa la expansión de actividades agrícolas y ganaderas de alto impacto ambiental.

A nivel político, las medidas internacionales para reducir las emisiones de metano han sido escasas y tardías. No es hasta la COP26 de Glasgow (2021) cuando se lanza el Compromiso Mundial del Metano (Global  Methane Pledge), suscrito por más de 140 países, entre ellos España, que establece el objetivo de reducir al menos un 30 % las emisiones para 2030 respecto a 2020. Sin embargo, otros instrumentos legislativos a  nivel internacional, como el Protocolo de Gotemburgo o la Directiva Nacional de Techos de Emisión (NECD), que abordan la contaminación atmosférica, no incluyen el metano entre los contaminantes regulados, a  pesar de su papel clave en la formación de ozono troposférico. Por su parte, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) , aunque contempla alguna medida para reducir las emisiones de metano, no  establece un porcentaje de reducción de emisiones de metano para 2030, ni un plan específico con medidas para todos los sectores.

Por ello, el marco regulatorio internacional, europeo y estatal sigue siendo poco ambicioso. Las estrategias futuras deben ir más allá de la eficiencia o las mejoras tecnológicas, y apuntar a una transformación estructural de los sectores emisores —la industria agroalimentaria, el sistema energético y la gestión de residuos—, pilares de un modelo de producción, consumo y desperdicio sin límites.

Esta transformación es esencial no sólo para reducir el metano, sino también para mitigar los impactos sociales y ambientales que agravan la crisis climática y la pérdida de biodiversidad. Avanzar hacia prácticas  sostenibles, justas y regenerativas representa una oportunidad para reconstruir los sistemas productivos sobre bases ecológicas y de equidad, fundamentales para la salud de los ecosistemas y de las personas.

Este  informe quiere ofrecer una visión sobre la situación del metano en España y en el mundo, explicando por qué este gas es clave en el cambio climático y en la calidad del aire. Su propósito es ayudar a comprender de dónde provienen las emisiones, cuáles son sus impactos ambientales y sociales y qué medidas son necesarias para reducirlas de forma eficaz.

El informe analiza las principales fuentes emisoras —sistema alimentario  industrial, energía y residuos—, evalúa el marco regulatorio vigente y propone acciones prioritarias para lograr una reducción significativa. Su finalidad es ofrecer una base sólida para la toma de decisiones y para avanzar hacia un modelo más sostenible, justo y alineado con los límites planetarios.

 

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[Informe] Tráfico y calidad del aire urbano en el Estado español

Por: Contaminación atmosférica

La ubicación de las estaciones de medición de la contaminación atmosférica ha sido en España uno de los aspectos más controvertidos de la gestión de la calidad del aire. Durante la primera década del siglo, muchas  administraciones autonómicas y locales reubicaron las estaciones “más conflictivas” (habitualmente las de tráfico) en localizaciones de fondo urbano o en vías de tráfico secundarias, con la excusa de cumplir los  criterios para la ubicación de los puntos de muestreo de las entonces vigentes Directivas sobre evaluación y gestión de la calidad del aire.

Esta práctica abusiva, también recurrente en otros países europeos, motivó la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de junio de 2019 (asunto C-723/17), que establece que “cuando  mediciones efectuadas en varios emplazamientos puedan proporcionar, en principio, información sobre las áreas más contaminadas […], corresponde a las autoridades nacionales competentes elegir la ubicación de  los puntos de muestreo minimizando el riesgo de que las superaciones de valores límite pasen desapercibidas”.

A la postre, dicha sentencia ha derivado en la regulación mucho más precisa de la nueva Directiva (UE) 2024/2881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024,sobre la calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa, que aclara que la ubicación de los puntos de muestreo destinados a la protección de la salud humana deberá determinarse de manera que proporcione datos fiables sobre los  niveles de concentración en los puntos críticos de contaminación atmosférica dentro de las zonas, preferiblemente en áreas sensibles como zonas residenciales, escuelas, hospitales, centros de vivienda asistida y  zonas de oficinas.

Cuando el objetivo sea evaluar la contribución del tráfico rodado, los puntos de muestreo se deben ubicar de tal manera que proporcionen datos sobre las calles donde se producen las concentraciones más elevadas,  teniendo en cuenta el volumen de tráfico (que suponga la mayor densidad de tráfico en la zona), las condiciones de dispersión local y el uso espacial del suelo (por ejemplo, en desfiladeros urbanos).

Además, para cada zona, el número mínimo de puntos de muestreo para mediciones fijas incluirá al menos un punto de muestreo de un punto crítico de contaminación atmosférica, que para el dióxido de nitrógeno (NO 2 ), las partículas (PM 10 y PM 2,5 ), el benceno y el monóxido de carbono (CO), se centrará en la medición de la contribución de las emisiones del transporte. En los casos en que solo se requiera un punto de  muestreo, éste estará en un punto crítico de contaminación atmosférica.

Finalmente, para la selección del emplazamiento se establece que el diseño de la red de control estará respaldado por aplicaciones de modelización o por mediciones indicativas. Esta documentación incluirá pruebas  que expliquen los motivos del diseño de la red y que demuestren la justificación de la selección de ubicaciones representativas de los niveles más elevados de contaminación de la zona o aglomeración para cada  contaminante.

En este contexto, el presente documento tiene carácter técnico-evaluador y se concibe como un informe de apoyo destinado a la revisión de la adecuación espacial de los emplazamientos de estaciones urbanas oficiales de medición de la calidad del aire orientadas al tráfico, sin carácter normativo ni sancionador. Su finalidad es proporcionar una base técnica objetiva y sistematizada que permita valorar la idoneidad de los  puntos de muestreo existentes desde una perspectiva territorial, ambiental y funcional, de acuerdo con el nuevo marco normativo europeo.

El informe tiene por objeto analizar la situación, localización y contexto territorial, a finales de 2025, de un total de 25 estaciones oficiales de medición de la calidad del aire orientadas al tráfico en otras tantas  ciudades españolas, que se relacionan de forma detallada en el anexo correspondiente. Estas estaciones forman parte de las redes oficiales de vigilancia de la calidad del aire y desempeñan un papel fundamental en la  evaluación del estado de la atmósfera, el seguimiento de los principales contaminantes regulados y el apoyo a la toma de decisiones en materia de protección de la salud humana y del medio ambiente.

Para cada una de las estaciones analizadas se evalúa su localización espacial y su grado  de adecuación a los criterios de implantación establecidos en el Anexo IV de la Directiva (UE) 2024/2881. Dichos criterios  definen los principios generales que deben regir la ubicación de los puntos de muestreo, tanto a escala territorial (macroimplantación) como en relación con las condiciones inmediatas del entorno  (microimplantación), con el objetivo de garantizar que las mediciones obtenidas sean representativas, comparables y técnicamente válidas.

El análisis desarrollado en el presente documento se centra en la adecuación espacial de  los emplazamientos, atendiendo a factores como el tipo de entorno (urbano, suburbano o rural), la proximidad a fuentes de  emisión, las características del viario, el uso del suelo circundante, la morfología urbana, la presencia de obstáculos físicos y las condiciones locales que puedan influir en la dispersión de los contaminantes. Asimismo, se incorporan una serie  de características básicas de cada estación, relacionadas con su tipología, su función dentro de la red de vigilancia y su contexto territorial inmediato, con el fin de disponer de una  visión integrada del sistema de medición.

Este informe no pretende emitir juicios de carácter jurídico ni establecer conclusiones sancionadoras, sino identificar el grado de coherencia técnica entre la ubicación actual de las estaciones y los criterios normativos de referencia, así como poner de manifiesto posibles aspectos susceptibles de mejora desde el punto de vista de la implantación espacial. De este modo, el documento se plantea como una herramienta de  apoyo a la planificación, revisión y optimización de las redes de control de la calidad del aire, contribuyendo a reforzar su eficacia, fiabilidad y adecuación al nuevo marco normativo europeo.

 

 

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[Guía] La ganadería del futuro, aquí y ahora

Por: Agroecología

Comemos todos los días. Este acto cotidiano y fundamental, sin embargo, esconde una realidad menos evidente: el modelo agroalimentario, la manera en que producimos y consumimos, es determinante para nuestra salud y para la vida del planeta. Desde Ecologistas en Acción llevamos años criticando el sistema agroalimentario insostenible impuesto en las últimas décadas y, al mismo tiempo, construyendo y visibilizando propuestas y alternativas que ya son una realidad. Esta guía es fruto de ese trabajo colectivo.

Conscientes de que el modelo de ganadería industrial intensiva es el predominante, consideramos urgente y necesario plantear una transición posible, que incluya y apoye a quienes ya trabajan en el campo. Creemos en una evolución de los manejos agroganaderos que ponga en el centro el cuidado de la vida: de las personas, los ecosistemas, la biodiversidad, el territorio y los animales.

La producción de alimentos nunca ha sido una actividad neutra. Históricamente, la relación de las sociedades con la tierra y los animales ha moldeado paisajes, culturas y economías. Sin embargo, el desarrollo acelerado de la ganadería industrial ha transformado de forma profunda, y a menudo irreversible, esta relación. La concentración de animales en macroinstalaciones, la desconexión entre producción y territorio, y la lógica productivista han intensificado impactos ambientales, sociales y sanitarios que ya no pueden ignorarse.

Frente a este modelo hegemónico, en el Estado español coexisten cientos de iniciativas ganaderas que demuestran que otra forma de producir es posible: profesional, económicamente viable, ecológicamente respetuosa y socialmente justa. Son proyectos diversos, extensivos, ecológicos, de razas autóctonas, venta directa, pastoreo regenerativo o impulsados por redes de mujeres ganaderas que, desde realidades distintas, trazan caminos hacia un cambio imprescindible.

En un mundo cada vez más urbanizado y desconectado de los procesos naturales, la ganadería suele reducirse, en la imaginación colectiva, a una etiqueta en un envase. Para gran parte de la población, la producción de alimentos de origen animal es una caja negra: desconocemos cómo ha vivido el animal, qué ha comido, cómo se ha tratado el territorio del que proviene o en qué condiciones han trabajado las personas que lo cuidaron. Esta guía nace con la vocación de abrir esa caja negra para mostrar luz: prácticas, manejos y proyectos que ya están ofreciendo alternativas reales y esperanzadoras.

Ecologistas en Acción quiere visibilizar a quienes manejan ganaderías sostenibles desde una perspectiva ecosocial. Aspiramos a inspirar a otras personas ganaderas, a informar a la ciudadanía y a las administraciones, y a conectar a consumidores con proyectos responsables.

Somos conscientes de que esta guía es incompleta; es imposible reflejar todas las iniciativas valiosas que existen. No obstante, hemos procurado una selección equilibrada en cuanto a manejo, geografía y composición social. Agradecemos a todas las iniciativas colectivas cuyos informes, guías y mapas previos han nutrido este trabajo.

En estas páginas no hay teorías abstractas, sino ejemplos concretos. Son historias de personas que han elegido un camino más complejo, pero profundamente coherente. Ganaderas y ganaderos que cuidan del monte mientras pastorean, recuperan razas autóctonas, venden directamente a su comunidad, se agrupan en redes, cooperan y entienden su labor no como una mera actividad económica, sino como un servicio ecosocial.

Un apunte necesario sobre el consumo de carne

Desde Ecologistas en Acción defendemos un modelo agroecológico que cuide a las personas, al territorio, a la naturaleza y a los animales. En ese modelo, la ganadería tiene cabida, pero no cualquier ganadería: defendemos aquella que se aleja de la industrialización, la financiarización y la especulación; la que permite una vida digna en los pueblos, custodia el territorio y garantiza el bienestar animal. A la vez, reconocemos que nuestra sociedad occidental puede —y debe— avanzar hacia una dieta más equilibrada, con mayor presencia de alimentos vegetales y menor dependencia de la proteína animal. Reducir aquí el consumo de carne y otros productos de origen animal es reducir el desperdicio alimentario, el cambio climático, la pérdida de suelo, la deforestación. Y cuando se consuma carne, priorizar la procedente de modelos sostenibles como los aquí presentados —extensivos, ecológicos, regenerativos, trashumantes, de razas autóctonas, con venta directa y con liderazgo de mujeres—, es un paso coherente hacia ese horizonte.

Guía en formato PDF en varios idiomas: [Aragonés] [Castellano] [Catalán] [Euskera]

 

Esta guía nace para dar voz a quienes ya están construyendo ese futuro. No es solo un catálogo: es una herramienta para inspirar, conectar y educar; una invitación a conocer alternativas reales y a fortalecerlas. Y quiere reforzar un mensaje central de Ecologistas en Acción: una transición agroecológica justa y ecosocialmente sostenible no solo es necesaria para garantizar vidas dignas, sino que también es plenamente posible y está ya en marcha.

Mapa con las ganaderías del futuro que hay en la guía

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[Informe] Calidad del aire de la ciudad de Madrid 2025

Por: Ecologistas en Accion

Las referencias que Ecologistas en Acción ha tenido en cuenta para la elaboración de este informe son: los valores límite recogidos en la antigua Directiva 2008/50 de calidad del aire, aún vigentes legalmente; la actual Directiva 2024/2881, que establece unos valores límite legales más exigentes, que deberán cumplirse como muy tarde a partir del 1 de enero de 2030; y los valores guía de la Organización Mundial de Salud (OMS), aún más estrictos, que constituyen la principal referencia para una calidad del aire que ofrezca una adecuada protección de la salud humana.

Desde 2022, el Ayuntamiento de Madrid viene lanzado campañas de promoción con lemas como: “Madrid por fin respira” y “Madrid tiene otro aire”, destacando el hecho de que la ciudad de Madrid ha dejado de incumplir los límites legales vigentes de NO2, concluyendo que la ciudad ya ha alcanzado niveles de calidad del aire saludables, por lo que básicamente, no contemplan introducir medidas adicionales de reducción de la contaminación.

A este respecto, es importante señalar que los valores límite legales de NO2 que la ciudad viene cumpliendo desde 2022, eran exigibles desde el año 2010 (se cumplieron con 12 años de retraso), y fueron legislados por la Directiva 1999/30/CE, aprobada en 1999 (23 años antes de alcanzar el cumplimiento). Esto tiene implicaciones. Por un lado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenó a España en diciembre de 2022 por el “incumplimiento sistemático” de los valores límite legales de NO2 tanto en Madrid como Barcelona (en el caso de Madrid, incumplimientos acumulados entre 2010-2021). Por otro lado, debe tenerse en cuenta que los estándares de protección de la salud avanzan, a medida que se profundiza en el conocimiento sobre los efectos adversos que se pretende evitar y la sociedad toma conciencia del problema. Del mismo modo, los valores de referencia en materia de contaminación atmosférica (las Guías de Calidad del Aire de la OMS), se han actualizado en diversas ocasiones desde su primera edición en 1987. Como se indica al principio de este informe, la última actualización tuvo lugar en 2021 (revisando valores que databan de 2005) y constituye la base sobre la que la UE ha revisado sus propios valores límite legales, plasmados en la actual Directiva 2024/2881 (de octubre de 2024), que son considerablemente más estrictos que los anteriores.

En definitiva, para garantizar una calidad del aire saludable, no basta con cumplir con más de una década de retraso unos valores límite que ya quedaron obsoletos. Resulta necesaria la puesta en marcha de nuevas medidas ambiciosas, fundamentalmente relacionadas con la limitación del uso del automóvil en las ciudades. En este contexto, diversos países de nuestro entorno están poniendo en marcha medidas adicionales que suponen un incremento importante de las restricciones al tráfico respecto de sus normativas anteriores. Por ejemplo: La ULEZ o Zona de Emisiones Ultra Bajas de Londres, el Área B de Milán (que complementa al Área C), o las numerosas medidas encaminadas a la reducción del tráfico en París, a la que se ha sumado la Zona de Tráfico Limitado (ZTL, de 5,5 Km2), en funcionamiento desde el 5 de noviembre de 2024, e inspirada explícitamente en Madrid Central, tal como fue inicialmente presentado el proyecto por las autoridades municipales de París.

Por el contrario, el Ayuntamiento de Madrid se encamina en la dirección opuesta. En 2021 realizó una reforma de la ordenanza de movilidad sostenible, con el objetivo principal de relajar las restricciones de tráfico imperantes en Madrid Central, recogiendo numerosas excepciones adicionales, para permitir acceder y circular por dicha zona a una cantidad importante de vehículos, que con la redacción anterior no podían hacerlo. En 2022 se aprobó una moratoria que autorizaba a seguir circulando por dicha zona un año más (hasta diciembre de 2023) a los vehículos industriales y de mercancías (furgonetas) con etiqueta B. Intentó hacer lo mismo en 2023, pero afortunadamente lo impidió una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Por otro lado, desde el consistorio se impulsan planes de grandes aparcamientos en el centro de la ciudad, como los dos proyectados en el entorno del estadio Bernabéu, con capacidad para cerca de 2.000 automóviles (de momento paralizados también por sentencia del TSJM), en un momento en que diversas capitales europeas como Ámsterdam o París desarrollan estrategias para reducir significativamente las plazas de aparcamiento en la cuidad. Finalmente, el Ayuntamiento de Madrid ha cerrado el año 2025 estableciendo prórrogas y excepciones a diversas medidas de limitación del tráfico contempladas en las ordenanzas municipales que rigen las zonas de bajas emisiones (ZBE) de la capital (prohibición de circulación de los coches sin etiqueta ambiental). La última es la intención de permitir, de forma permanente, que los vehículos sin etiqueta de los residentes circulen libremente por toda la ciudad, a pesar de que debería estar prohibida desde el inicio de 2025.

Por otro lado, el constante incremento de los niveles de contaminación por ozono en Madrid en los últimos años es un hecho preocupante. Se constata que la contaminación por ozono en la ciudad está en niveles máximos históricos, tras la tregua que supusieron las excepcionales medidas de restricción de la movilidad de los años 2020 y 2021 a consecuencia de la pandemia de COVID-19. Es previsible que en los próximos años la situación tienda a agravarse, por el efecto de las intensas y continuas olas de calor en verano, debido al cambio climático. Por ello es urgente que tanto el Ayuntamiento de Madrid como la Comunidad de Madrid pongan en marcha protocolos de actuación ante los picos de contaminación por ozono, así como planes de reducción de la contaminación específicos frente a este contaminante.

Los datos sobre calidad del aire en Madrid durante 2025 recopilados en este informe son claros. En este momento, la red de medición de la contaminación de la capital registra superaciones de valores límite legales establecidos por la actual directiva europea para los cuatro contaminates analizados (NO2, PM10 y PM2.5 y Ozono). Para Ecologistas en Acción, la ciudad de Madrid se encuentra lejos de contar con una calidad del aire saludable y tiene ante sí un importante reto para lograr cumplir con los valores límite fijados por la normativa europea en los próximos cuatro años. El propio Ayuntamiento de Madrid es consciente de esta situación, ya que maneja documentación técnica interna que indica que será necesario reducir un 60% las emisiones actuales del tráfico rodado de aquí a 2030, para poder cumplir en plazo con las disposiciones de la directiva europea de calidad del aire. Así pues, queda poco margen para la complacencia y mucho trabajo por delante para lograr un aire saludable en la ciudad.

 

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[Informe] ¿De dónde viene el gas fósil del Estado español? Parte 4: Argelia

Por: Energía

Esta es la cuarta entrega de una serie de informes en la que se han analizado los mayores exportadores de gas al Estado español. Argelia fue el primer mayor exportador de gas, con un 38,69 % del total de las exportaciones de gas en 2024. En 2025, representó el 34,57 % , siguiendo el mismo camino.

Históricamente, ha sido nuestro mayor proveedor de gas todos los años de la serie (2004-2025), excepto en 2022, cuando fue superado por Estados Unidos. Argelia tiene una singularidad respecto al resto de países exportadores analizados (Estados Unidos, Rusia y Nigeria). Ha sido el mayor proveedor de gas al Estado español vía gasoducto. Se debe recalcar que Argelia es un proveedor histórico. La serie de datos analizada comienza en 2004, pero el primer transporte de gas fósil de Argelia al Estado español fue en 1974. Fue en barco y llegó a la regasificadora de Barcelona, la primera que se construyó en toda Europa occidental (1969). Tras la construcción de otras regasificadoras, se puso en marcha el transporte por gasoducto con Argelia, primero con el Magreb-Europa (1996, Argelia–Marruecos–Estado español) y luego con el Medgaz (2011, Argelia–Estado español). El gasoducto proveyó al Estado español hasta finales de 2021, cuando expiró el contrato y Argelia decidió no renovarlo debido a la posición de Marruecos en el Sáhara occidental. Magreb-Europa (1996, Argelia–Marruecos–Estado español) y luego con el Medgaz (2011, Argelia–Estado español). El gasoducto proveyó al Estado español hasta finales de 2021, cuando expiró el contrato y Argelia decidió no renovarlo debido a la posición de Marruecos en el Sáhara occidental.

¿Qué pasa con el Sáhara Occidental y el gas fósil?

En 1976, el Sahara Occidental deja de ser territorio nacional español y desde entonces los campos de refugiados saharauis se establecieron en territorio argelino, en pleno desierto. Argelia ha defendido la autodeterminación del territorio. Es desde Tindouf (Argelia) desde donde llega toda ayuda humanitaria, mientras el conflicto sigue abierto. Por su parte, el Estado español no ha asumido sus responsabilidades por su pasado colonial. En 2021, Argelia dejó de suministrar gas a España a través del gasoducto Magreb-Europa (que cruzaba Marruecos) a partir del 1 de noviembre de 2021, tras no renovar el contrato con Rabat por la ruptura de relaciones diplomáticas. Todo el suministro se ha desviado al gasoducto Medgaz (directo a Almería) y barcos metaneros. En marzo de 2022, para más inri, el Estado español declaró estar de acuerdo con el plan de ocupación del Sáhara Occidental de Marruecos (presentado ante la ONU en 2007). Además, empezó a bombear gas fósil desde el Estado español a Marruecos, invirtiendo el sentido del Magreb-Europa. Unos meses más tarde, en julio de 2022, aseguró a Argelia que no se desviara gas natural argelino hacia Marruecos. A pesar de esto, todo indica que Argelia y el Estado español seguirán colaborando estrechamente.

 

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[Informe] ¿De dónde viene el gas fósil del Estado español? Parte 3: Rusia

Por: Energía

Este es el tercero de una serie de informes en los que analizamos los principales exportadores de gas fósil al Estado español. La Federación Rusa fue el segundo mayor exportador de gas fósil, con un 21,3 % del total de las importaciones españolas de gas fósil en 2024. En 2025, descendió al 11,5 %, siendo superada por Estados Unidos.

El Estado español fue el segundo mayor importador de gas fósil ruso de la UE en 2021, 2022 y 2024. En 2023 ocupó el primer lugar, y en 2025 cayó a un tercer lugar . Cabe señalar que la Federación de Rusia es un proveedor bastante nuevo, en comparación, por ejemplo, con Argelia. Históricamente, España no ha dependido de Rusia, a diferencia de otros países del norte de Europa. En la figura 1 se observa que las importaciones aumentaron a partir de 2022. En ese año, el contrato para importar gas fósil de Argelia a través del gasoducto Medgaz (Argelia-Marruecos-España) se rescindió debido a tensiones diplomáticas, como la postura diplomática del Estado español sobre el Sáhara Occidental. Además, cabe señalar que las plantas de regasificación de España están funcionando muy por debajo de su capacidad, ya que el sistema está completamente sobredimensionado. Este es el tercero de una serie de informes en los que analizamos los principales exportadores de gas fósil al Estado español. La Federación Rusa fue el segundo mayor exportador de gas fósil, con un 21,3 % del total de las importaciones españolas de gas fósil en 2024. En 2025, descendió al 11,5 %, siendo superada por Estados Unidos. El Estado español fue el segundo mayor importador de gas fósil ruso de la UE en 2021, 2022 y 2024. En 2023 ocupó el primer lugar, y en 2025 cayó a un tercer lugar.

Cabe señalar que la Federación de Rusia es un proveedor bastante nuevo, en comparación, por ejemplo, con Argelia. Históricamente, España no ha dependido de Rusia, a diferencia de otros países del norte de Europa. Se observa que las importaciones aumentaron a partir de 2022. En ese año, el contrato para importar gas fósil de Argelia a través del gasoducto Medgaz (Argelia-Marruecos-España) se rescindió debido a tensiones diplomáticas, como la postura diplomática del Estado español sobre el Sáhara Occidental. Además, cabe señalar que las plantas de regasificación de España están funcionando muy por debajo de su capacidad, ya que el sistema está completamente sobredimensionado.

 

 

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[Informe] Excluir los biocombustibles de soja y otras materias primas de alto riesgo de la normativa de fomento de combustibles renovables para reforzar las salvaguardas ambientales

Por: Agroecología

Revisión del proyecto del Real Decreto de impulso a la descarbonización del transporte y fomento de los combustibles renovables y recomendaciones

Este documento examina los riesgos ambientales y climáticos de los biocombustibles fabricados a partir de materias primas como la soja, los residuos de la palma, de cultivos intermedios y en tierras severamente degradadas, etc.; mostrando cómo, pese a presentarse como  soluciones sostenibles, pueden impulsar la deforestación, los cambios indirectos en el uso del suelo, la inseguridad alimentaria, el aumento de insumos  agrícolas y el fraude, sin garantizar una reducción real de las emisiones.

Actualmente, estas materias primas son elegibles para contabilizarse en el cumplimiento de los objetivos de energías renovables tanto en España como en el conjunto de la Unión Europea. Sin embargo, en el proceso actual de transposición de la Directiva de Energías Renovables III (DER III) a la normativa estatal, consideramos fundamental que estas materias primas no sean incluidas, aplicando  principios de precaución y sostenibilidad, para garantizar que las políticas energéticas realmente contribuyan a la reducción de emisiones, evitando impactos negativos sobre la deforestación y la biodiversidad.

Una ruta de descarbonización del sector del transporte basada en el fomento de combustibles que usan materias primas limitadas, cuyo uso a gran escala genera graves impactos socioambientales, no puede  considerarse renovable.

Es urgente priorizar la reducción de la demanda energética para la descarbonización del transporte, y priorizar el uso doméstico de residuos para su aprovechamiento energético, aplicando la jerarquía de residuos y  evitando que este aprovechamiento perpetúe y fomente modelos industriales que conllevan graves impactos ambientales (como la ganadería industrial, o la expansión de monocultivos).  Se deben evitar políticas  incoherentes que externalizan impactos ambientales a terceros países y agravan la crisis climática.

Algunos datos relevantes

  • La eliminación de los biocombustibles de palma en la UE genera un riesgo de sustitución por la soja, que no ha sido eliminada pese a su vinculación con la deforestación, lo que podría agravar la pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas. Limitando los potenciales beneficios de la retirada de los biocombustibles de palma.
  • En España la eliminación de los biocombustibles de palma se adelantó a 2025, lo que supuso una gran noticia para la protección de la biodiversidad. Sin embargo, la soja sigue siendo una materia prima elegible para producir biodiesel.
  • Según los últimos datos disponibles, en 2024, los biocombustibles derivados de soja aumentaron significativamente hasta representar el 5,81 % del total de biodiésel, frente al 0,75 % en 2023, revirtiendo la tendencia descendente de años anteriores.
  • La producción de biodiésel a partir de soja requiere grandes volúmenes de materia prima (se necesitan 5 toneladas de grano para producir 1 tonelada de biodiésel).
  • España es el tercer mayor procesador de soja en la UE, con el 20% de las importaciones comunitarias.
  • El cultivo de soja en Sudamérica se asocia a deforestación en la Amazonía y el Cerrado.
  • La UE reconoce el riesgo, pero aún no ha clasificado la soja como materia prima de alto riesgo ILUC (cambio indirecto del uso de la tierra, por sus siglas en inglés), aunque nuevas investigaciones sugieren que está cerca del umbral del 10%.
  • España importa grandes volúmenes de POME (residuos de palma) y aceite de cocina usado (UCO) de Asia, lo que abre riesgos de fraude, trazabilidad débil y dependencia de residuos importados.

 

 

Informe de biocombustibles de soja y otras materias primas de alto riesgo

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Tarifas que deben pagar las radios en línea por derechos de autor

Por: Radios Libres

En un anterior artículo hablamos acerca de las tarifas que las radios deben pagar por transmitir música protegida con copyright. Hemos intentado elaborar un listado de las sociedades que gestionan colectivamente el cobro de estas tarifas en cada país. No es sencillo. En algunos países hay más de una, por lo general se dividen por artes, unas cobran por los temas musicales, otras por conciertos, obras de teatro o audiovisuales,…

Queremos dejar claro, que este listado es orientativo y te recomendamos que te informes bien de la legislación y obligaciones existentes en tu país. Recogemos las diferentes organizaciones y detallamos las tarifas de las relacionadas con la radiodifusión.

SOCIEDADES DE GESTIÓN DE DERECHOS DE AUTOR EN AMÉRICA LATINA

ARGENTINA

Tienen tres sociedades que de alguna forma se relacionan con la radiodifusión:

Esta última clasifica los pagos en función de la potencia de salida. Por ejemplo, con más de 5Kw de potencia debes pagar el 2.06% mensual sobre los ingresos brutos totales. Si transmites con menos de 5Kw el porcentaje baja hasta el 1.65%.
[Ver Tarifas]

En las preguntas y respuestas frecuentes de la Web de SADAIC son específicos a la hora de hablar de radios por Internet:

Pregunta: Tengo previsto lanzar una Radio por Internet… Necesito contar con algún tipo de autorización para transmitir música en las emisiones? Que arancel debo abonar?

Respuesta: Debe solicitar autorización a SADAIC. El arancel a abonar por el uso de obras musicales para esta modalidad es el que se consigna en el Apartado 3 del Anexo 1 del Régimen Autoral y Licencia para el uso del repertorio de Sadaic en Internet o redes análogas vigente. El pago de estos derechos deberá acompañarse con la respectiva Declaración Jurada Mensual, impresa en tamaño oficio y confeccionada por duplicado.

Si revisas el Anexo del que hablan, verás que el porcentaje es del 10% y el mínimo a pagar varía en función de la cantidad de visitas a tu web.

BOLIVIA

Tarifas en porcentajes variables en función de una clasificación musical, dependiendo de si la radio es completamente musical o no.
[Ver tarifas]

CHILE

Estipula el pago del 2,5% mensual por derechos de ejecución de obras y el 1,25% mensual por derecho de ejecución de fonogramas del total de los ingresos de las emisoras de radio en general.
[Ver tarifas]

Hay un apartado especial para medio en línea que deben pagar desde un 1.8% a un 3.6% de sus ingresos. El porcentaje varía en función de si la radio transmite el 100% del tiempo música, o sólo una parte y el resto es programación no musical.
[Ver tarifas]

COLOMBIA

Esta es una de la gestoras que recoge con más detalle las tarifas para radios en línea. Incluso distingue entre las comerciales y las no comerciales. Mientras las primeras deben abonar el 3% de sus ingresos, las que no tienen fin de lucro deben abonar el 30% de una salario mínimo mensual legal vigente (smmlv).

Esta clasificación diferenciada también existe para las tarifas que deben abonar las radios de FM y AM que son comunitarias.
[Ver tarifas]

COSTA RICA

Cobra un porcentaje de la facturación y específica que no incluye transmisión por Internet, pero en el tarifario no especifica cuándo sería el costo para los medios digitales.
[Ver tarifas]

CUBA

Sin información disponible.

ECUADOR

Las radio en línea deberán pagar el 1% más IVA del total de ingresos obtenidos. Si el mínio no llega a un Salario Básico Unificado (SBU) más IVA, ese será el monto a pagar (unos 400 $USD). Las radiodifusoras de aire pagan porcentajes de ingresos en función del tiempo de música que transmiten. Si sólo el 1 a 30 % pasan música pagan el 0.60% de ingresos brutos más el IVA. Y si la programación es netamente musical abonan un 1.60 %. Las radios comunitarias pagan porcentajes del SBU en vez sobre sus ingresos ya que se supone que no tienen.
[Ver tarifas]

EL SALVADOR

  • SACIM EGC – Salvadoreños Autores, Compositores e Intérpretes Musicales, Entidad de Gestión Colectiva

    http://www.sacim.org/
  • ASAP EGC – Asociacion Salvadoreña de Productores de Fonogramas y Afines, Entidad de Gestión Colectiva

    http://asap-egc.com/

Cobran el 3% tres por ciento sobre los ingresos mensuales por ventas. Si es una radio sin ingresos deberán pagar la tarifa mínima que es un porcentaje de un Sueldo Mínimo Vital. Este porcentaje varía en función de la categoría de la emisora, si es musical total o sólo en parte de la programación.

No habla específicamente de Radios en Internet, sólo de “Radioemisoras cerradas” pero se refieren a aquellas que realizan su transmisión por cable, hilo o circuito cerrado.
[Desde mayo de 2019 ya  no tienen información publicada en su web]

GUATEMALA

Las radioemisoras tradicionales pagan un 3% de las ventas facturadas por publicidad. Las radios que unicamente transmiten por internet pagan un 2% si tienen ingresos y las que no venden publicidad 25 UDAS por mes.

La UDA es la “Unidad de Derecho de Autor”, veremos que también se usa en México. En Guatemala se calcula en tomando como base de cálculo el salario mínimo vigente en el país para un trabajador no agrícola. El equivalente a un día del citado salario corresponderá a una Unidad de Derecho de Autor (UDA).
[Ver Tarifario]

HONDURAS

  • AACIMH – Asociación de Autores, Compositores, Interpretes y Músicos de Honduras

    http://aacimh.org.hn/

Se paga un canon mensual en función de la cantidad de transmisores y repetidoras que tenga la emisora.
[Ver tarifas]

MÉXICO

Para radios de transmisión abierta se cobra el 2.5% sobre la facturación de publicidad. También para radios en internet, a diferencia que si este 2.5% no llega a 25 UDAS por mes (Unidades de medida de Derecho Autoral, varía el monto cada año) este último valor será el costo a cancelar.
[Ver tarifas]

NICARAGUA

Sin página web ni tarifas publicadas.

PANAMÁ

Las radioemisoras pagan una tasa mensual en función de si son radios nacionales (600 $USD), metropolitana (450 $USD) o las regionales/noticiosas (300 $USD)

Porcentajes y tarifas variables en función de la cantidad de visitantes/oyentes a la página web. Y diferencia entre las páginas comerciales y las que no tienen fin de lucro.
[Ver tarifas]

PARAGUAY

Las radioemisoras pagan un 1.5% sobre el total de ingresos pero no especifica nada sobre las radios en línea.
[Ver tarifas]

PERÚ

En radiodifusión, en función del tiempo que dedican a la música los porcentajes varían 2.38% para las que el 100% del tiempo pasan música y 0.14% para las que dedican menos del 5%. En las tarifas para las radios en línea los porcentajes varían 1.48% a 0.05% también en función de la cantidad de música que se transmite.
[Ver tarifas]

REPÚBLICA DOMINICANA

Estipula el pago del 3% de los ingresos publicitarios para las radioemisoras hertzianas y también para las radios en línea. El porcentaje sube al 8% si permiten además la descarga de la música. Si son emisoras de aire que también transmiten en Internet tendrán que cancelar un 2.5% por radio en línea además del 3% por aire.
[No funciona el enlace al tarifario]

URUGUAY

AGADU es la encargada de estos cobros, pero no tiene publicadas en línea las tarifas. Hemos escrito al correo de su página web pero aún no hemos recibido respuesta. En la nueva versión de la web aparece un cuadro tarifario (la vimos en junio-2018 gracias al comentario de un lector). Pero para radio no hay cifra específica, sino que remiten a un convenio entre los gremios de radio y no menciona los medios comunitarios: “Los aranceles que se aplican a las Radios AM y FM surgen de los acuerdos celebrados con las gremiales que los nuclean: ANDEBU (Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos) y RAMI (Asociación de Radios del Interior) que se encuentran vigentes y fueron suscritos con fechas 23/06/1992 y 24/05/2005 respectivamente.”

Y también incluyen una tabla de tarifas para medios digitales. Un 10% de los ingresos o una tarifa mínima de 1500 pesos uruguayos es el estándar.

VENEZUELA

[Web no disponible 07/2020]

Las radioemisoras en Venezuela deben pagar mensualmente el 0.30% sobre el 60% de la facturación bruta anual declarada ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones CONATEL. Para los servicios de streaming utiliza porcentajes y tarifas variables en función de la cantidad de visitantes/oyentes a la página web. Y diferencia entre las páginas comerciales y las que no tienen fin de lucro. Los porcentajes y rangos son iguales a los que se usan en Panamá.
[Ver tarifas]

BIBLIOGRAFÍA

Directorio de CISAC – Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores
http://www.cisac.org/Our-Members/Members-Directory

Principales Sociedades de Autores y Organizaciones Culturales Internacionales. Publicado por SGAE. [Ver]

Gracias a Artica Online datos sobre la gestión de derechos en Uruguay.

Publicado originalmente: 3 de agosto de 2016 / Imagen: Photo by Alexander Grey on Unsplash

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¿Deben las radios en línea pagar derechos de autor por la música que pasan?

Por: Santiago Garcia Gago

Una opción es que digas que nunca leíste este artículo y esperar a que te llegue una petición de pago. En México sabemos de radios en línea que pasan publicidad que han recibido estas solicitudes.

Hemos preparado un resumen de las tarifas que deben pagar las radios en cada país de América Latina que puedes consultar en este enlace.

Las radio online han proliferado en estos últimos años. Es muy barato y sencillo instalar una. Tienes cobertura mundial y, lo mejor, no hay que solicitar ningún permiso o concesión tal como estamos viendo en este curso.

Pero la mayoría de estas radios no transmiten música libre, sino canciones con copyright protegidas por el derecho de autor.

Dentro del derecho autoral existen dos partes. Una son los derechos morales, aquellos que obligan a reconocer que una escritora es autora de ese libro y darle siempre el correspondiente crédito. Luego están los derechos patrimoniales que son aquellos que tienen que ver con el dinero y las regalías que reciben los autores por sus creaciones.

Para facilitar el cobro de estas tasas, las autoras y los autores delegan estos trámites a entidades gestoras de derechos de autor de las que se hacen socios. En algunos países hay más de una, por lo general se dividen por artes, unas recaudan por temas musicales, otras por conciertos, obras de teatro o audiovisuales,… Incluso están las que agrupan a autores y compositoras, divididas entre las que representan a los autores nacionales que tienen contratos con multinacionales extranjeras, otras a los nacionales, a extranjeros,…

Algunas de ellas no han gestionado los recursos de forma muy transparente y se han visto envueltas en casos de corrupción como en Colombia (SAYCO) y España (SGAE), pero eso es materia para otro artículo. Puedes aprender más de cómo funciona la gestión de derechos colectivos de autor y las alternativas existentes en el documental “Copiad Malditos”.

Cualquier institución, ya sea una radio, una peluquería o un restaurante que haga difusión pública de canciones protegidas por el derechos de autor está obligada a pagar a estas gestoras que, a su vez, lo distribuyen entre los artistas que agrupan.

Las sociedades de gestión de cada país tienen una tabla de tarifas donde se estipula la tasa que debe pagar cada negocio. ¡No se libran ni los moteles! Hasta tienen sus propias categorías.

Información del tarifario de SAYCE Ecuador.

Al menos en la mitad de tablas tarifarias de las sociedades gestoras de autor de América Latina ya aparecen las radios en línea. Algunas emisoras se amparan en que ya pagan derechos por la transmisión en FM pero, al ser la radio en línea otro medio de difusión diferente, también deben pasar por caja. En algunas de estas tablas sólo hacen referencia a “radioemisoras” sin especificar si son de FM, AM o en línea.

¿Hay mucho control?

Ciertamente, no. Al no existir un registro por país de radios en línea es complicado que estas entidades de gestión toquen a tu puerta. Además, muchas radios virtuales tiene sus servidores online en otro país por lo que no queda muy claro a quién tendrían que pagar.

Pero los cobradores sí se están acercando a radios en línea de Universidades o de otro tipo de instituciones. También a proyectos online que tienen bastante éxito y mucha publicidad en sus programaciones.

¿Entonces pago o no pago?

En Radios Libres no compartimos el concepto de Propiedad Intelectual y, sobre todo, el modelo actual de gestión de derechos donde el mayor lucro queda en las discográficas y en el resto de intermediarios dejando las migajas para artistas y creadoras.

Por supuesto que estamos a favor de que quienes se dedican a crear cultura estén remunerados para poder seguir creando, pero pensamos que hay que plantear modelos de financiamiento donde la mayoría de los recursos lleguen directamente a los artistas.

Pero hasta que existan estos nuevos modelos, técnica y legalmente, tendrías que pagar. Como decíamos en el punto anterior:

Si tu radio en línea es pequeña, no está respaldad por una gran institución, ni ingresa mucho dinero por publicidad es extraño que lleguen con una factura a tu casa. Pero sí ese no es el caso, quizás debas revisar las tablas tarifarias de tu país y evitar futuros problemas. La mayoría de legislaciones contemplan multas retroactivas, es decir, te podrían cobrar todo lo que no pagaste en los meses que has transmitido.

Pero mi radio es educativa y no pasa publicidad

No importa. Si tu radio pasa música con derechos de autor la ley dice que debes abonar la tarifa. La mayoría de tarifarios que hablan de radios en línea cobran un porcentaje por los ingresos de publicidad (una media de un 3% mensual sobre lo recaudado) pero en caso de no existir dichos ingresos contemplan el cobro de un mínimo mensual.

Una opción es que digas que nunca leíste este artículo y esperar a que te llegue una petición de pago. En México sabemos de radios en línea que pasan publicidad que han recibido estas solicitudes.

El amigo y radialista colombiano Tito Ballesteros de Blog Radios de América grabó este artículo en audio. Te recomendamos que visites su blog para participar en el debate que lanzó sobre si las radios en línea deben o no pagar por los derechos de autor.

Fecha del post original: 27 julio 2016 / Imagen: Cdd20 en Unsplash

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