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✇Ecologistas en Acción

Un paso más en la recuperación de las vías pecuarias del municipio roteño

Por: Rota

  • La Plazoleta-Ecologistas en Acción ha recibido diligencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3, de Cádiz, en orden a la recuperación de vías pecuarias de nuestra localidad.

En dicha comunicación se manifiesta requerimiento a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, a través de su Delegación Territorial en Cádiz, para que en el plazo máximo de dos meses dé inicio a los expedientes de recuperación de la posesión de tres vías pecuarias -Colada de Cebollares, Colada de los Charcos y Colada de Cobalengos-, o sea que se inicie expediente de recuperación en ejecución provisional; debiéndose, asimismo, comunicar al órgano que realiza el dictamen la resolución que se dicte para ello, así como las de las distintas actuaciones que sean relevantes para el conocimiento de dicho órgano del proceso de recuperación.

En caso de no realización de estas actuaciones se procedería a la imposición de multas coercitivas personales contra los responsables.

Este proceso se inició en el año 2016, mediante la presentación en Pleno Municipal de un “Plan de Restauración Paisajística y Medioambiental”, que previamente había sido respaldado por 18 Asociaciones y Partidos Políticos locales.

Se ha recorrido un largo camino de tramitación e inconvenientes; quizás uno de los más relevantes fue el boicot realizado desde la Junta de Andalucía a la Ley de Caminos Públicos, cuyo borrador fue fruto de años de dedicación, redacción y consenso.

Mediante dicha ley se pretendía reforzar la protección del 90% de caminos públicos andaluces que se encuentran no inventariados, cerrados y usurpados; se trataba de incluir dichos terrenos en el patrimonio público andaluz y luchar así contra quienes se han apropiado de ellos.

Es relevante la falta de actuaciones legislativas en dichas zonas, las usurpaciones de caminos y veredas, la reducción de pasos y dimensiones legales y la ausencia absoluta de interés de las administraciones públicas por la recuperación de espacios de dominio público.

La pasividad y permisividad de la Junta de Andalucía contra los bienes de dominio público que constituyen las vías pecuarias, las cuales son un patrimonio al que la ciudadanía tiene derecho a su disfrute y la obligación de conservación, llevo a este grupo ecologista a emprender acciones judiciales, con la finalidad de que dichos terrenos fueran recuperados para su uso tradicional además de otros destinos como pueden ser el lúdico, medioambiental, turístico…

Las vías pecuarias son consideradas como un patrimonio público, pero además también natural y cultural, dado que su relevancia y reconocimiento se remonta al año 1273. Esta consideración les otorga privilegios como ser inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Desde el 1995 se cuenta con una Ley de Vías Pecuarias estatal, siendo aprobado, en Andalucía, el Reglamento 155/1998 de Vías Pecuarias de la comunidad.

No obstante, y a pesar de diferentes planes e intentos de recuperación todo ha quedado en proyectos vacíos.

Ello dio lugar a la creación de la Plataforma Ibérica por los Caminos Públicos a fin de conseguir el cumplimiento de la legalidad y la prohibición de las ocupaciones ilegales, el cierre con alambradas, los aprovechamientos agrícolas o cinegéticos, la instalación de naves y viviendas particulares…

El colectivo La Plazoleta presentó en 2018 solicitud de expediente de recuperación de 3 de las vías pecuarias locales, toda vez que desde la Delegación Territorial de Cádiz se reconoce la usurpación de las tres vías pecuarias y su carácter de terrenos de dominio público; no obstante, ante la inacción y la nula actividad de esta administración se iniciaron los trámites de recurso contencioso-administrativo, en el año 2021.

Es de resaltar la pérdida de más de 900.000 €, proveniente de fondos ITI, para llevar a cabo labores de recuperación, las cuales no se llegaron a ejecutar a pesar de haber sido redactado el proyecto.

Igualmente, que la propia Junta de Andalucía, la responsable y garante de los terrenos de dominio público, interpusiera recurso de apelación contra la sentencia inicial que la obligaba a iniciar expediente de recuperación.

Se trata del cumplimiento legal de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la Ley 4/1986 de Patrimonio de la Comunidad Autónoma Andaluza y el Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía de 1998, que en su artículo 8 determina que “Corresponde a la Consejería de Medio Ambiente la recuperación”.

Resulta preocupante el silencio, la permisividad, la dejación de obligaciones, la falta de interés… por el patrimonio público en beneficio solo de una parte.

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✇Ecologistas en Acción

Admisión de denuncia contra la no separativa de residuos

Por: Rota

  • El pasado 11 de marzo, del año 2022, la Federación provincial de Ecologistas en Acción de Cádiz interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de Cádiz a fin de la incoación y tramitación de expedientes sancionadores, así como ordenar a los Ayuntamientos de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María, Rota y Arcos de la Frontera la implantación de sistemas de recogida separada de los residuos de plástico y metálicos no envases mediante la instalación de contenedores específicos en la vía pública o de recogida puerta a puerta o sistema similar.

Este colectivo había presentado el 12 de marzo, del año 2021, denuncia ante la citada Consejería a fin de instar a estos cuatro Ayuntamientos al cumplimiento de la legalidad vigente con respecto a la separativa de residuos.

No obstante, por esta Consejería no se tramitó el expediente lo que llevó al grupo ecologista a presentar denuncia contra la misma, siendo condenada a estimar procedente la demanda realizada y al pago de las costas judiciales.

La sentencia determina que las diligencias previas llevadas a cabo por la Administración demandada, y referidas a la respuesta de la denuncia inicial interpuesta, son insuficientes para entender cumplido su deber de vigilancia y/o inspección de los incumplimientos objeto de la denuncia.

La resolución favorable se sustenta en el artículo 12.4 b) de la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados que establece que “…Corresponde a las Comunidades Autónomas…la autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos…”.

En la misma Ley, se recoge que “Antes del 2020, la cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plásticos, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50% en peso”.

La sentencia determina la existencia de incumplimiento de la normativa relativa a la recogida separada de los residuos domésticos de los materiales de plástico y metal, todo ello mediante el correspondiente informe pericial.

En este informe -base para sentencia- queda determinado que no se realiza de forma separada la recogida de todos los residuos plásticos y metálicos respecto de la recogida general de residuos domésticos municipales, sino que solo se hace recogida separada de los que tienen características de envases, y esta recogida y separación de los residuos de envases queda constatado que se realiza de forma bastante deficiente.

Por otro lado, también se hace hincapié en las deficiencias presentadas en las memorias anuales.

Según determina la Ley se deberá presentar una memoria anual de gestión de residuos en la que se debe especificar, como mínimo, la cantidad de residuos gestionados, su procedencia, la naturaleza de los mismos y su destino final; especificaciones que están ausentes en las memorias presentadas en los años 2017, 2018 y 2019, ya que no recogen el destino final de los residuos de envases, valorización o eliminación, única manera de comprobar fehacientemente si se han cumplido los objetivos de recuperación que establece la ley.

Todos los municipios mencionados deberán adaptar sus ordenanzas a los requisitos de la Ley 7/2022 puesto que ninguno de ellos lo está; y la información facilitada está dispersa, poco accesible, poco clara y no actualizada -según el “Análisis y diagnóstico en materia de gestión de residuos municipales en el ámbito de las comarcas de la Costa Noroeste, Bahía de Cádiz y la Janda de la provincia de Cádiz”-.

En dicho análisis también se determina que el porcentaje de impropios contenidos en envases ligeros mejora la media nacional, un 28,1% frente al 30,8%; no así en el caso de Rota con un 47,4% que se aleja notablemente de la media.

En relación con las instalaciones de transferencias -Las Calandrias y Miramundo- muestran su estado de antigüedad en la capacidad y en su envejecimiento general.

Ambas adolecen de un bajo rendimiento, estando los productos de salida para valorización por debajo del 10% -del orden del 7,56% en Las Calandrias y del 6,25% en Miramundo- necesitándose un estudio pormenorizado de las causas y soluciones; a pesar de ello, sí se determina que una de las causas es el bajo porcentaje de fracción orgánica en la fracción resto.

En las conclusiones del citado análisis se establecen las exigencias de la Ley 7/22: -obligación de recogida separada de determinadas fracciones, con límite de plazo para su implantación; obligación de adaptar ordenanzas a los preceptos contenidos en la Ley; normas de obligado cumplimiento para la eliminación de residuos municipales en vertedero; determinación de los criterios de cálculo de los costes de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de los residuos municipales así como a cubrir al menos el 100% de los costes mediante tasas diseñadas en aplicación del principio de “quien contamina paga”.

Además, la LECA -Ley de Economía Circular de Andalucía- determina que los Ayuntamientos deberán: redactar planes de economía circular; implantar el análisis de ciclo de vida del producto; implantar las denominadas “compras verdes”. Estableciendo como plazo, para ello, el pasado 30 de abril.

Es de destacar que los informes de aviso y las recomendaciones de la Unión Europea a España alertan sobre el incumplimiento de los objetivos de gestión de residuos y la necesidad de mejorar los modelos de recogida y gestión de residuos.

Se plantea la solución genuina de implantar otros sistemas de recogida, como pueden ser los sistemas de recogida puerta a puerta, tanto domiciliarias como comerciales, los sistemas de depósito y/o los sistemas de pago por generación.

La finalidad del colectivo ecologista es que se vayan estableciendo planes y medidas municipales para el cumplimiento de una ley -la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular- de recogida separada de la fracción orgánica -biorresiduos- de los residuos municipales; al mismo tiempo la aplicación de la Agenda 2030 y en particular el objetivo 12, de producción y consumo sostenibles, junto a la contribución a la lucha contra el cambio climático.

Se es consciente del enorme desafío que suponen estos compromisos para las entidades locales, con limitación en medios técnicos y recursos humanos, pero asumir estos retos es inaplazable ya que su incumplimiento acarreará una subida insostenible de los costes de gestión y que repercutirán en los recibos a pagar por la ciudadanía.

Por último, afear la nula y nefasta gestión de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de Cádiz en su labor de, entre otras, promoción de la sostenibilidad, conservación y mejora del medioambiente, de apoyo a proyectos de mejora de la recogida separada de biorresiduos y fomento de la economía circular, de fomento de la sensibilización sobre la importancia de la sostenibilidad y el cambio climático.

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