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El congreso del Colegio de Periodistas de Catalunya, celebrado los días 7 y 8 de noviembre, ha aprobado una reforma y ampliación del Código Deontológico. Según sus responsables, el objetivo es contar con un marco ético actualizado para afrontar los múltiples retos de la profesión y contribuir a preservar la democracia y los derechos humanos.
Tanto el decano del Colegio de Periodistas de Catalunya, Joan Maria Morros, como el presidente del Consejo de la Información de Catalunya, Josep Carles Rius, explicaron que las propuestas de cambios y ampliaciones son el resultado de un proceso de escucha a la profesión y a la sociedad civil, y también fruto de estudios compartidos con las once universidades que imparten estudios de periodismo en Catalunya.
Las diez claves del nuevo código ético
1. Combatir la mentira
El criterio 1 del Código establece el deber de decir la verdad. Ahora los periodistas consideran que no basta con eso y que tienen el deber “de hacer frente a la mentira, a la desinformación y a la negación de las evidencias científicas”. En el articulado del Código se establece que “el periodista tiene el deber de acercarse al máximo a la realidad de los hechos con honestidad, independencia, responsabilidad y espíritu crítico. Fuera de este marco, no estamos ante periodismo”.
2. Discurso de odio y derechos humanos
Como conclusión de los doce criterios del Código, los periodistas recuerdan que “las responsabilidades éticas se enmarcan en el compromiso ineludible de los periodistas con los derechos humanos. Los periodistas tienen el deber de identificar y combatir el discurso de odio como una gran amenaza para la convivencia, la dignidad y la democracia”.
3. Un derecho de la ciudadanía
En el congreso muchos ponentes insistieron en que los periodistas tienen el deber de garantizar un derecho que pertenece a la ciudadanía: el derecho a la información. Por ello, en el preámbulo se recuerda que este derecho está consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 19), la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (artículo 11), la Constitución Española (artículos 20 y 105.b) y el Estatuto de Catalunya (artículo 52).
4. Responsabilidad frente al suicidio
Uno de los cambios más profundos del Código es el que se refiere al tratamiento del suicidio. Hasta ahora se hacía hincapié en evitar el supuesto efecto mimético. Ahora se va mucho más allá y se dice:
“En el caso del suicidio, se debe informar con responsabilidad, tratándolo como un problema de salud pública que puede prevenirse y que nunca responde a una única causa. Debe evitarse el sensacionalismo o cualquier lenguaje que le pueda transmitir un aire de romanticismo o glamour, así como los detalles concretos sobre la persona, el método o el lugar. Estas noticias no deben destacarse ni repetirse, y se debe tener un cuidado especial cuando se trate de personas conocidas. Es importante incluir recursos sobre dónde y cómo buscar ayuda. Si se incluyen imágenes, éstas no deben caer en estereotipos ni reforzar estigmas”.
Además, se incorpora un anexo específico con recomendaciones sobre cómo abordarlo.
5. ¿Quién es periodista?
En un tiempo en el que existe mucha confusión sobre quién es o no periodista y en el que proliferan los falsos medios de comunicación, el Código incorpora un preámbulo donde se dice:
“Es periodista aquella persona que tiene la formación académica y/o la experiencia adquirida y acreditada profesionalmente para ejercer el periodismo. Puede desarrollar su trabajo en medios de comunicación, en empresas dedicadas a la comunicación o en plataformas personales, y en todo caso debe asumir el compromiso ético imprescindible que determina el Código Deontológico del Colegio de Periodistas de Catalunya”.
6. ¿Qué es un medio de comunicación?
En el mismo preámbulo se determina que “los valores que guían a los periodistas implican también de forma corporativa a las empresas dedicadas a la comunicación. Solo entendemos que se ajustan a esta definición si son transparentes respecto a su titularidad, si están comprometidas con el Código Deontológico y si toman decisiones al servicio de la ciudadanía».
7. Clickbait y grandes plataformas
Por primera vez, un código deontológico considera que “el uso sistemático de titulares engañosos –conocidos como clickbait o pescaclicks– compromete la calidad de la información y vulnera el derecho de la ciudadanía a recibir contenidos rigurosos”. Los periodistas reclaman también que las grandes plataformas digitales asuman “responsabilidad editorial respecto a los contenidos que difunden en redes sociales para poder ser catalogados como periodismo”.
8. El reto de la inteligencia artificial
Un anexo establece que en el uso de la inteligencia artificial en el ámbito periodístico “debe existir siempre una supervisión periodística y editorial humana, ejercida por profesionales, en todas las etapas de producción y difusión de contenidos generados o asistidos por IA”.
El objetivo es “valorar la fiabilidad de las fuentes, verificar y contextualizar la información, detectar errores y garantizar la veracidad”. El anexo recuerda el deber de evitar “la proliferación de contenidos generados por inteligencia artificial que puedan generar o favorecer la desinformación o la manipulación (…) o que introduzcan sesgos, fomenten la polarización, la discriminación o contribuyan a la difusión de discursos de odio”.
Además, el anexo sobre tratamiento de imágenes incorpora recomendaciones específicas:
“Las imágenes generadas por IA con apariencia fotográfica o realista son el resultado de la manipulación de múltiples imágenes y, por tanto, no deben utilizarse en contextos periodísticos, en coherencia con la normativa que prohíbe expresamente cualquier manipulación de la información visual en el ámbito del fotoperiodismo».
9. Tratamiento de la emergencia climática
El anexo dedicado al tratamiento de la emergencia climática recuerda que “la crisis climática es una cuestión de justicia global derivada de la sobreexplotación de los sistemas naturales y la vulneración de los derechos humanos. Este agravio ha sido perpetrado históricamente –y también hoy día– por los países del norte global a costa de los recursos del sur global. Los medios de comunicación tienen la responsabilidad de señalar estas relaciones desiguales».
Para evitar la parálisis y la sensación de impotencia que conduce a la fatiga climática, “debe evitarse el discurso único de catástrofe y el contenido estrictamente emocional y compasivo”. Asimismo, el Código subraya que se debe “renunciar a la falsa simetría para no dar espacio al negacionismo climático, porque dar voz a discursos que niegan la existencia de la crisis climática o abogan por el derrotismo no forma parte del ejercicio de la imparcialidad ética, sino que crea un falso equilibrio de opiniones y amplifica la desinformación».
10. En defensa de la diversidad
Un anexo específico insiste en que se debe “evitar incluir en la información el grupo étnico, el color de la piel, la nacionalidad, la religión o la cultura si no es estrictamente necesario para la comprensión global de la noticia, con el fin de evitar generar prejuicios, estigmatización y estereotipos que promuevan actitudes discriminatorias o racistas”.
El documento también recomienda “mejorar los mecanismos periodísticos que favorecen la multiculturalidad” y que “las redacciones sean más diversas, no solo porque es socialmente justo, sino porque es periodísticamente necesario para la calidad informativa y para aportar nuevas miradas sobre la realidad”.
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