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'¡Es compañero!': Condenada una guardia civil por pegar una paliza a otro agente de paisano al que confundió con un ladrón

Por: (tortuga)

Alberto Pozas

Una agente de la Guardia Civil ha sido condenada a indemnizar con más de 18.000 euros a un compañero al que pegó varios golpes de porra por la espalda y en la cara al pensar que era un ladrón de teléfonos móviles. El Tribunal Superior de Madrid confirma su condena por un delito de lesiones y también que la Dirección General de la Guardia Civil se debe hacer cargo de forma subsidiaria de la indemnización. Los jueces rechazan el argumento con el que la Fiscalía y la Abogacía del Estado han pedido la absolución de la guardia civil condenada: que había golpeado a su compañero creyendo que estaba cumpliendo con su deber.

Los hechos, según las sentencias a las que ha tenido acceso elDiario.es, ocurrieron en octubre de 2018, en uno de los días de mayor afluencia a las fiestas del municipio madrileño de Boadilla del Monte. La agente condenada formaba parte del dispositivo de seguridad de la Guardia Civil, que en torno a las tres de la mañana recibió un aviso: un grupo de jóvenes estaba sacando teléfonos móviles del recinto ferial. Unos teléfonos que podrían haber sido hurtados a otras personas durante las fiestas.

Los chicos echaron a correr por un paraje irregular y no dejaron de correr cuando la agente y varios de sus compañeros uniformados gritaron: “¡Alto, Guardia Civil!”. Muchos de ellos saltaron una de las vallas y la agente se acercó corriendo a uno de ellos: sacó su defensa extensible reglamentaria de más de medio metro y le dio un primer golpe por la espalda y en las cervicales. El segundo golpe se lo dio en toda la cara. Cuando el supuesto ladrón cayó al suelo sangrando, se escuchó un grito: “¡Es compañero, es compañero!”.

La agente descubrió entonces que no había agredido a ningún potencial delincuente sino a un compañero que formaba parte del operativo en esas fiestas y que iba de paisano para poder vigilar posibles hurtos sin levantar suspicacias. El caso terminó en los tribunales y en un juicio atípico en la Audiencia Provincial de Madrid: una guardia civil y la Dirección General del cuerpo en el banquillo de los acusados, un compañero como víctima, otros ocho agentes testificando y la Fiscalía y la Abogacía del Estado pidiendo la absolución.

Según ha sabido elDiario.es, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado su condena: una multa de 1.450 euros por un delito de lesiones y la obligación de indemnizar con algo más de 18.000 euros al agente al que agredió, una cantidad que incluye los perjuicios de las lesiones, el fisio y las operaciones a las que tuvo que someterse. El guardia civil agredido pasó dos veces por quirófano porque el golpe le desvió la nariz y desde entonces, entre otras secuelas, no respira correctamente.

“¡Es compañero, es compañero!”

Tanto en el juicio como en sus recursos ahora rechazados, la agente condenada alegó que nunca supo que estaba persiguiendo a un compañero de la Guardia Civil y que usó la defensa para repeler una situación de peligro contra un potencial delincuente. Los jueces, que finalmente le imponen una multa y rechazan la petición de cárcel de su compañero, explican que esa agresión con la porra y por la espalda no estaba justificada, ni contra un posible ladrón ni contra otro guardia civil. “La actuación agresiva de la agente acusada no se produjo en un contexto de acometimiento a su persona, de desorden o alteración del orden público, y ni tan siquiera de hipotético peligro o riesgo”.

El TSJ recuerda, al rechazar su último recurso, que en esa persecución no había peligro para ella y, por tanto, ningún motivo para golpear a alguien con su defensa reglamentaria: “Ninguna resistencia hubo, ni el escenario podía propiciar a la agente una intimidación ambiental por situación de riesgo, siendo ella la perseguidora y los otros los perseguidos”. En términos similares se había pronunciado, unos meses antes, la Audiencia Provincial de Madrid: hizo un uso “indebido” de la porra. “No hubo agresión ni legítima ni ilegítima por parte de la víctima de la que defenderse ni tampoco de cualquier otra persona”.

El propio agente agredido lo dijo en su declaración en el juicio. Lo primero que sintió fue un golpe en la espalda y se dio la vuelta esperando encontrarse a uno de los presuntos ladrones huyendo a la carrera. Lo siguiente que vio, ya en el suelo y sangrando por la cara, fueron las botas de su compañera. “No se puede agredir a una persona de esa manera”, dijo ante el tribunal. Los hurtos de móviles que perseguían, además, no habían sido robos violentos o con armas, sino sustracciones al descuido, nada que justificara ese uso de la fuerza. Ya el año anterior hubo seis detenidos por este tipo de robos.

Hasta ocho guardias civiles, entre compañeros y mandos superiores implicados en el operativo de esas fiestas de Boadilla, comparecieron sin arrojar muchos detalles sobre lo que había sucedido. Durante el juicio, la agente acusada y la Dirección General de la Guardia Civil fueron defendidas por la Abogacía del Estado, mientras que el agente agredido tuvo que contratar un abogado privado. La Fiscalía también se puso de parte de la acusada: pidió que fuera condenada a indemnizar al agredido, pero eximida de cualquier otro tipo de condena por haber actuado en cumplimiento del deber.

Los jueces entendieron que no era necesario imponer una condena de cárcel a esta agente además de la multa y las indemnizaciones por el delito de lesiones. Una pena de prisión sería “especialmente rígida”, dijo la Audiencia de Madrid, que también tuvo en cuenta los seis años que pasaron desde los hechos hasta la celebración del juicio.

La sentencia también apuntó a la falta de coordinación del operativo policial como factor relevante en la agresión: “No puede olvidarse la descoordinación del dispositivo policial diseñado para el evento como quedó patente en el plenario y que, de alguna manera, pudo influir de forma circunstancial en los hechos”. Y terminó condenando como responsable civil a la Dirección General de la Guardia Civil “pues la acusada, agente de la Guardia Civil, cometió los hechos en el ejercicio de sus funciones como tal”.

Fuente: https://www.eldiario.es/politica/co...

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Otra muerte «en comisaría»

Por: (tortuga)

Se llamaba Haitan Mejri y tenía 35 años. Hace diez días, el 8 de diciembre, murió tras una descarga eléctrica de una pistola taser de un agente de la Policía Nacional de Torremolinos, en Málaga. La familia del joven ha denunciado que en ningún momento se mostró agresivo, que su actitud no era peligrosa -como demostrarían los vídeos que han entregado para su investigación-, y que la intervención de la Policía Nacional fue desproporcionada e innecesaria. Mientras los pseudo-sindicatos policiales aseguran que los agentes hicieron bien su “trabajo”, el entorno del joven ha declarado que el chico se vio envuelto en estas circunstancias cuando pidió en un restaurante de kebabs cargar su móvil para poder pagar con una tarjeta virtual que tenía en el mismo. Insisten en que en ningún momento pretendía robar o hacer daño a nadie, que no era agresivo y no merecía morir de esta forma.

La muerte de Haitan es una noticia que ha aparecido en algunos medios, pero no ha tenido mayor debate ni trascendencia social (de momento). Hablamos del uso de un tipo de armas que está empezando a ser muy común entre las Fuerzas y Cuerpos de “Seguridad” del Estado, especialmente desde 2020-2021, cuando desde el Ministerio del Interior se comenzó a entregar unidades entre las diferentes policías del Estado. No obstante, hay muchas voces críticas que indican que estas pistolas suponen un riesgo muy elevado en determinados contextos y personas. ¿Por qué? Pues porque, aunque se asegure que este tipo de arma no es letal, el uso indebido o el “abuso” sí puede serlo, y por lo tanto que alguien pierda la vida en una intervención policial como la que ocurrió en Torremolinos hace diez días es una lotería. A cualquier puede ocurrirnos.

Las pistolas taser son armas de electrochoque cuya función es lograr inmovilizar a una persona con una descarga eléctrica que le provocaría dolor. ¿Pueden ser mortales? Los defensores de su uso dicen que no, pero la realidad es que, si se produce más de un disparo, cerca del corazón y en personas con problemas de salud (a veces podemos tener dolencias que ni siquiera sospechamos), puede significar la muerte inmediata para alguien por paro cardiorrespiratorio. Es por ello que organizaciones como Amnistía Internacional llevan muchísimo tiempo insistiendo en que el uso de las taser tiene que tener una regulación muy estricta ya que su peligrosidad está, precisamente, en el uso (o abuso) que se hace de ella. Los cuerpos policiales exigen estas armas (cómo no), y en absoluto están preocupados ni las ven como una amenaza. Todo lo contrario.

Dada la trayectoria que en este país existe de abusos policiales en comisarías y fuera de ellas, ¿cómo podríamos confiar en agentes que portan estas pistolas y que no sabemos cómo reaccionarían en unas circunstancias concretas?

Desde CGT continuamos condenando la violencia policial que el Estado ejerce sobre las personas. Condenamos que nunca pase nada a quienes la ejercen como “trabajadores” del mismo y siempre sea el pueblo el que tiene las de perder en estos contextos. Exigimos una investigación sobre la muerte de Haitan, y que su muerte sea la última a manos de la policía.

¡No más muertes en comisaría!

Secretariado Permanente Comité Confederal CGT

Imagen de Otra muerte «en comisaría».

Fuente: https://cgt.es/otra-muerte-en-comisaria/

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Informe oficial: Así se ha violado en comisarías y cuarteles

Por: (tortuga)

No ocurrieron en un descampado, ni en un parking subterráneo, ni en un portal, ni en un domicilio, pero sí lejos de testigos, y además con total impunidad judicial. Las agresiones sexuales que recoge el informe de este año de la Comisión de Valoración de casos de violencia policial y parapolicial se han perpetrado en dependencias de la Policía española y en la Guardia Civil, lugares supuestamente de máximas garantías.

Casi todas las víctimas han sido mujeres, aunque también hay hombres. A los «comentarios vejatorios sobre sus cuerpos e insultos, a encontrarse con la regla y no disponer de productos necesarios ni condiciones de higiene adecuadas» se les sumaron «muchos casos en que son obligadas a desnudarse y son sometidas a tocamientos, insinuaciones o situaciones más graves aún, como es la violación con penetración de objetos varios, relatadas con dificultad y que esta Comisión ha escuchado y recogido», explica.

El informe presentado el martes en el Parlamento de Gasteiz da paso al reconocimiento de 75 víctimas de tortura ese año. Solo son, por tanto, el 1,5% del total de casos censados ya oficialmente en toda Euskal Herria. Sin embargo, bastan para resumir una práctica generalizada y masiva, más allá de los detalles brutales y sórdidos que arroja cada caso concreto.

Los testimonios han sido grabados en gran parte de los casos (83 registros audiovisuales sobre el total de 93 expedientes aceptados) y sometidos a análisis forense. La Comisión incide en ello: «Somos conscientes, porque las víctimas así nos lo han transmitido, de que este camino que transitamos les resulta en muchas ocasiones muy doloroso y lleno de obstáculos. ‘¿Cómo es posible que se nos exija tanto?', nos dicen, después del silencio y ‘de las mentiras que sobre nosotras se han lanzado durante años'».

Sobran más explicaciones. Hablan las víctimas:

Desnuda y colgada de la trenza. «[Cuartel de la Salve, Bilbo, 1973] Desde el primer mo­mento y de manera constante, fue objeto de terribles vejaciones, amenazas e insultos ligados a su condición de mujer. Las primeras palabras que escuchó del capitán que dirigía los interrogatorios fueron: ‘¡Aquí, en­tras virgen y saldrás puta!' (...) Fue despojada de la ropa de trabajo que vestía desde el momento de la detención. Desnuda, fue colgada de la larga trenza que lle­vaba, siendo inducida a girar sobre su propio eje a base de golpes».

La violan y se orinan encima. «[1992] En­tre otros métodos de tortura padecidos por ella, en su condición de mujer, se encuentran los relativos a la tortura sexual con la introducción de varios objetos por distintos orificios corporales. (…) Añade, además, que varios guardias civiles orinaron en su cara cuando solicitó ir al baño mientras le gritaban: ‘Yo también me meo'. Momento tras el cual la detenida decidió orinarse encima antes que volver a pasar por aquella humillación».

Palo de escoba. «[1982] Humillaciones de todo tipo por su condición de mujer, insultos, tocamientos por todo el cuerpo, realizados tanto por hombres como por mujeres… Aque­lla tortura sexual fue in crescendo. Recibió amenazas de violación que, des­graciadamente, culminaron en una grave agresión sexual, al introducirle el palo de una escoba por la vagina tras ser tumbada en una mesa y despojada de los pantalones y de la ropa interior que vestía».

Forzada a masturbarse. «En uno de aquellos descansos, se abrió la puerta de la celda y recibió la or­den de desnudarse y comenzar a masturbarse delante de los agentes, algo a lo que la detenida, en el estado en el que se encontraba, accedió sin protestar e incluso llegó a preguntar detalles de cómo debía hacerlo, algo que descon­certó y enfadó a los guardias civiles que esperaban de ella otra reacción y que acabaron por marcharse de allí».

Amenazas y tocamientos. «Por su condición de mujer, relata que fue intimidada con amenazas y acoso de tipo sexual. ‘Seguro que no has visto una polla como la mía. Ya verás cuando nos quedemos solos lo bien que lo vamos a pasar. Seguro que no has probado nunca algo tan rico como esto. Seguro que tus compañeros de ETA tampoco la tienen tan grande y seguro que no saben follar como follamos nosotros'. Des­nudada primeramente de cintura para arriba, más tarde fue obligada a permanecer completamente desnuda mientras era sometida a tocamientos y recibía amenazas de violación: ‘Bueno, vete preparándote porque esto está terminando: unas cuantas sesiones más de bolsa, unas cuantas flexiones más, y ya empezamos con lo nuestro, que es lo interesante'».

Menstruación como tormento. «Las vejaciones con episodios de desnudez forzada se dieron tanto en Donostia como en Madrid (...). Además, en aquellas condi­ciones, le bajó la regla, encontrándose en condiciones higiénicas lamentables. Cuando solicitó algún producto de higiene, le proporcionaron unas bragas desechables y algunas compresas, todo ello acompañado de vejaciones: ‘A es­tas zorras siempre les baja la regla. ¡Ojalá os bajara la regla en otras ocasiones! ¡Estáis cagadas de miedo, por eso se os baja la regla!'».

Alicates. «Esposada con las manos en la espalda y con la cabeza agachada, los insultos, las mofas, las amenazas, los tocamientos y los malos tratos comenzaron en el vehículo. ‘Metían sus manos por debajo de mi camiseta y me aplastaban los pezones, pero duro, duro. Se estaban descojonando y, yo, así. Ese es el primer flash (...) Durante el trayecto, los agentes, al igual que ocurrió nada más ser detenida, se empeñaron en apretar los pezones de I.A.G., aunque, en esta ocasión, utilizando un alicate que sacaron de algún sitio. ‘Sí, aplastán­dome los pezones. Dos veces, primero en uno y luego en el otro, ya que solo tenían una herramienta y andaban con eso'. Poco después, fue trasladada a Madrid. Relata que, de camino, realizaron una parada en un club de alterne a las afueras de Burgos, en el que se le permitió acudir al baño».

«Violaremos a tu hija». «Dada su condición de mujer, G.M.M. recibió las primeras vejaciones y ame­nazas de contenido sexual contra ella y contra su hija: ‘A nosotros no nos gustas' (...) ‘Nosotros violaremos a tu hija, a la alta' . ‘Tu hija no se va a salvar. Nosotros la vamos a violar' (...). Mientras la degradaban verbalmente, fue obligada a desnudarse en tres oca­siones con la excusa de examinar sus varices. En aquel momento de vergüen­za y humillación, de pie, frente a ellos, lloró por primera vez».

Obligado a masturbarse. «Me ponen la cuerda y, de repente [llora], uno por detrás tira la silla y hay un momento, no sé, igual son décimas de segundo o tal y otro que está detrás me agarra, me bajan y me dicen ‘¡Desnúdate!'. Me bajan el pantalón y me dicen ‘¡Mastúrbate!' [llora y no puede continuar hablando]».

Electrodos en los testículos. «En el coche en que se dirigían al cuartel, le bajaron los pantalones y la ropa interior, todo lo que permitía la cinta americana, y le colocaron electrodos en los testículos (...) Me dijeron que o cantaba todo o a mi mujer (que estaba detenida) le harían esto y aquello... y en un momento dado, abrieron la puerta para que yo viera que se encontraba bien. Estaba en una cama, sentada junto a un guardia civil».

Fuente: https://www.naiz.eus/es/info/notici...

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Una jueza archiva la causa contra un subinspector de Policía acusado de torturas en un informe de Asuntos Internos

Por: (tortuga)

La defensa del joven que fue agredido recurre el auto de sobreseimiento tomando como base el documento que realizó la unidad de este Cuerpo de Seguridad del Estado.

Los hechos ocurrieron durante la celebración del ascenso de Córdoba CF a Segunda División, en junio de 2024.

Alejandra Luque

El 24 de junio de 2024, centenares de personas y aficionados acompañaron a los jugadores del Córdoba CF en su celebración por el ascenso del equipo a Segunda División. El fin de fiesta se produjo en la plaza de Las Tendillas, donde, en un momento dado, la Policía Nacional cargó alegando “una pelea entre ultras y el lanzamiento de objetos a sus vehículos” que se saldó con una persona detenida. El joven pasó aquella noche en el calabozo y después ingresó en el Hospital Reina Sofía debido a las lesiones que sufrió. Decidió denunciar y, cerca de un año y medio después, la jueza de Instrucción número 7 de Córdoba ha archivado la causa contra el policía denunciado, pese, incluso, al informe de Asuntos Internos de la Policía Nacional que ratifica hasta cuatro delitos que habría cometido el agente: lesiones, detención ilegal, torturas y falsedad documental durante la detención del joven.

El recurso de la defensa, al que ha tenido acceso este periódico y que avanzó ABC Córdoba, rebate en su integridad el auto de archivo, que se ha basado en que el agente -que es subinspector y jefe de Subgrupo de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR)- “no participó en la detención al encontrarse en una calle aledaña realizando otras diligencias”, según un boletín de denuncia firmado por el propio agente. La jueza instructora ha atendido que no existían indicios sólidos para continuar el procedimiento contra este policía.

En primer lugar, el letrado Francisco Poyatos muestra su sorpresa con la afirmación de que no existe “indicio” de comisión de los delitos, y recuerda que según el informe elaborado por Asuntos Internos apuntaba que el policía habría sido el presunto autor de cuatro delitos cometidos tras la detención del joven durante la madrugada del 25 de junio de 2024. Así, el informe le atribuía un delito de lesiones agravadas y otro de detención ilegal, “porque el joven permaneció -injustificadamente y de forma prohibida- 15 minutos en el furgón de la UPR con el único propósito de agredirle y porque no había denuncias interpuestas por rotura de escaparates o mobiliario urbano necesarias para indemnizaciones y resarcimientos de los afectados”.

En tercer lugar, dicho informe recoge un delito de torturas al apuntar la investigación interna que el joven, “ya privado de libertad, habría recibido golpes en la cara y la cabeza tanto con la defensa como con los puños”. En cuarto y último lugar, se le atribuye a este subinspector un delito de falsedad documental “por atribuirle al detenido un delito de atentado, por obviar la retención en el furgón y por referir daños en escaparates y mobiliario urbano” que, según la defensa, no constan en ninguna denuncia presentada en los siete días posteriores.

El recurso afirma, asimismo, que ningún comercio o particular denunció tales daños, pese a que serían imprescindibles para solicitar indemnizaciones, circunstancia que, a juicio de la defensa, pone en cuestión la versión policial reflejada en el atestado.

Sobre el argumento de la magistrada relativo a que el policía estaba en una calle aledaña a donde ocurrieron los hechos, el abogado de la defensa sostiene que la hora consignada en los boletines policiales es aproximada, que el propio investigado pudo modificarla y que basar el archivo en ese extremo es “improcedente” dada la gravedad de los hechos que describía Asuntos Internos.

El recurso también subraya que el subinspector figuraba en el encabezamiento del atestado de detención del joven, algo que, según el letrado, no puede quedar relegado a un “protocolo” como sostiene la resolución judicial.

Otro de los puntos criticados es la valoración de la identificación del agente. Según el recurso, la jueza considera relevante que el policía negara haberse quitado el casco, lo que dificultaría reconocerlo. La defensa reprocha que dé por válida esa afirmación y la eleve “a categoría de verdad”, pese a tratarse de su propia versión de los hechos.

Por último, la defensa califica de “penoso y sangrante” que se archive la causa contra el agente inicialmente investigado mientras se mantiene la acusación contra su defendido por un delito de atentado“. El Juzgado de Instrucción número 7 deberá resolver sobre el recurso, y en caso de desestimarlo, será la Audiencia Provincial quien decida si procede o no la imputación del policía.

Fuente: https://cordopolis.eldiario.es/cord...

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Piden cuatro años y medio de cárcel para un policía de Córdoba por denuncia falsa y detención violenta

Por: (tortuga)

Alejandra Luque

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba celebrará este miércoles un juicio contra un policía local de la capital por un delito contra la integridad moral de un cochero y formular contra él una denuncia falsa. La Fiscalía pide para él cuatro años y medio de cárcel, aunque la acusación particular -representada por la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA)- solicita una pena superior para este policía y para un segundo sobre el que el Ministerio Público no aprecia responsabilidad penal en los hechos.

Según la información facilitada por la organización, los hechos que han motivado esta acusación tuvieron lugar el 30 de marzo de 2023 en la calle Periodista Eduardo Varo de la capital cordobesa. Dos agentes se trasladaron al lugar para demandar al conductor de un coche de caballos que recogiera los excrementos de sus animales. En ese momento, el cochero fue grabado por uno de los agentes, lo que motivó la queja de un vecino de la zona, quien consideraba que la grabación realizada por el policía local no tenía ningún sentido. El agente, “visiblemente nervioso”, reclamó a este ciudadano su documentación.

Esta persona, asustada y ante la posibilidad de que pudiera ser multado, salió corriendo del lugar. No obstante, este vecino de Córdoba recapacitó rápidamente y no solo detuvo su marcha, sino que regresó para entregarse, de manera siempre pacífica, a los agentes de la autoridad. A pesar de ello, aseguran desde la asociación, uno de los agentes que ahora será juzgado le realizó una llave, lo cogió por la espalda y lo estampó contra la persiana de la puerta de una farmacia, restregándole la cara en la misma, para posteriormente colocarle los grilletes. La violencia no cesó, ya que, a pesar de estar engrilletado y manteniendo una actitud pacífica, el mismo agente le volvió a practicar una llave, lo derribó y estampó su cara contra el suelo, inmovilizándolo durante varios minutos mientras colocaba su rodilla contra la zona lumbar de la persona.

Desde la asociación explican que las imágenes de la cámara de la farmacia resultaron fundamentales, ya que “permitieron no solo desmontar las falsas acusaciones que se realizaron contra el detenido, sino que sirvieron de base para la resolución del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba”. Dicho juzgado archivó la causa seguida contra el vecino y acordó abrir diligencias contra los dos policías locales por un posible delito de detención ilegal y por faltar a la verdad en su denuncia. “La víctima, de no haber existido estas grabaciones, habría sido probablemente condenada a una pena de prisión de hasta cuatro años”, lamenta la organización.

El informe pericial presentado por la acusación particular, y elaborado por la Red de apoyo terapéutico, jurídico y psicosocial del Grupo de Acción Comunitaria (SIRA), señala que la persona agredida sufrió, además de secuelas físicas, una reacción de estrés agudo que actualmente ha derivado en un trastorno adaptativo mixto con predominio de síntomas ansiosos. La víctima asegura que se sintió “como un animal, como si no fuera una persona, por los golpes y por estar así tirado en el suelo, como si hubiera hecho lo peor del mundo, con la gente pasando y mirando por ahí”.

Mientras que la Fiscalía solicita las penas mencionadas para un solo agente y exime de responsabilidad al otro, APDHA aprecia la comisión de hasta cinco delitos por parte del agente que realizó la detención y otros dos delitos (falsedad documental y denuncia falsa) cometidos presuntamente por el otro policía. APDHA solicita penas de prisión e inhabilitación especial para ambos acusados.

Fuente: https://cordopolis.eldiario.es/cord...

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